Una empresa ha sido condenada a pagar más de 20.000 euros por despedir a una trabajadora que sufrió un trato vejatorio por parte de un superior, con la consecuente vulneración de hasta siete derechos de la mujer, informó hoy UGT.
El juzgado 19 de lo Social de Madrid dictó sentencia en mayo de este año y declaró nulo el despido por atentarse contra los derechos a la tutela judicial efectiva, respeto a la dignidad, libertad personal, integridad física y moral, intimidad, honor y salud de la ciudadana.
‘La dirección de la empresa no sólo no intervino cuando tuvo conocimiento de los hechos que le notificó la trabajadora, sino que la despidió’, sostuvo UGT. Así, el sindicato valoró ‘muy positivamente’ esta sentencia porque ‘salvaguarda derechos fundamentales de los trabajadores en el marco de su relación laboral’.
La situación sufrida por esta trabajadora se remonta a 2005, cuando la mujer padeció ‘constantes amenazas, insultos, descalificaciones e intromisiones en su vida personal’, dice la sentencia. En 2006, la mujer padeció crisis de ansiedad relacionada con estrés laboral y, un tiempo después, hubo de permanecer en situación de incapacidad temporal.
El superior le dijo en una ocasión a la víctima: ‘Ya te puede meter en cintura tu novio porque así te va a ir muy mal’. ‘Estoy harto de escuchar tu voz. La próxima vez que te escuche hablar recibirás una carta de aviso’, le espetó en otra ocasión.
Además, las descalificaciones eran ‘constantes’, como destaca la sentencia. ‘Ya está bien, estoy hasta la polla de ti y de escucharte’, le replicó el acusado. ‘Ven a mi despacho inmediatamente, niñata maleducada, consentida’, agregó en otra de sus intervenciones.
‘Miles de trabajadores y trabajadoras, hombres y mujeres, pueden sufrir y sufren este tipo de trato vejatorio y maltrato por parte de sus superiores y este tipo de comportamientos deben ser denunciados, rechazados y socialmente erradicados’, criticó UGT.
La sentencia reconoce que la empresa no puso ‘medida alguna para remediar la situación’, después de conocerla y recibir un escrito de sus compañeros, donde se quejaron del trato dispensado por el citado responsable, denunciando constantes amenazas, insultos y actitud violenta.
El fallo condena a la empresa a la ‘inmediata readmisión de la trabajadora en iguales condiciones a las que tenía antes de ser despedida, al abono de los salarios desde el despido a la readmisión y de una cantidad próxima a 22.000 euros por los perjuicios económicos y los daños morales causados por la vulneración de los siete derechos fundamentales ya citados’, dice el fallo la sentencia.
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