31 de octubre de 2024
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La Junta convoca subvenciones para el fomento del empleo de calidad en la contratación indefinida

La Junta convoca subvenciones para el fomento del empleo de calidad en la contratación indefinida

La Junta de Extremadura ha convocado subvenciones para el fomento del trabajo de calidad en la contratación indefinida, que serán gestionadas por el Servicio Extremeño Público de Empleo.

El objetivo del Gobierno regional con estas ayudas es crear puestos de trabajo, así como favorecer la inserción de determinados colectivos de desempleados con mayores dificultades de acceso al mercado laboral, a través del programa de ayudas para la contratación estable, en entidades pertenecientes a todos los sectores de actividad económica excepto el sector del transporte; y del programa de ayudas para la contratación estable en entidades pertenecientes al sector del transporte.

Según las bases de la convocatoria, que recoge Europa Press, se concederá una subvención de 5.000 euros por una contratación indefinida a jornada completa de una mujer. Asimismo, se concederá una subvención de 4.000 euros por una contratación indefinida a jornada completa de jóvenes menores de 30 años, mayores de 45 años, trabajadores provenientes del Régimen Especial Agrario por cuenta ajena, trabajadores que tengan la condición de emigrantes retornados, y parados de larga duración.

De igual modo, se concederá una ayuda adicional de 2.000 euros, a la que corresponda según los colectivos señalados en los apartados 1 y 2, siempre que la entidad titular del expediente de subvención cumpla acumulativamente con las siguientes cláusulas de responsabilidad social que establece el Decreto 109/2008.

La subvención resultante de los apartados anteriores se complementará, siempre que se cumpla con las cláusulas de responsabilidad social que hace referencia el apartado anterior, con una cuantía adicional de 2.000 euros, a las entidades solicitantes de la subvención que cumplan con alguna de las cláusulas de territorialidad e igualdad que establece el Decreto 109/2008.

Las cuantías adicionales de ayuda recogidas en los apartados 3 y 4 anteriores serán de 1.000 euros, en el caso de que la entidad beneficiaria de la subvención no sea una pequeña y mediana empresa.

En el caso del trabajador autónomo en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que con la contratación por la que solicita subvención cree su primer puesto de trabajo de carácter indefinido, a la cuantía de subvención que resulte de la aplicación de lo establecido en los apartados anteriores de este articulo, se sumaran 1.000 euros para obtener la cuantía de la ayuda.

De igual modo, si los contratos por los que se solicitan subvención estuvieran celebrados a jornada parcial, la cantidad final resultante de la aplicación de los apartados anteriores se reducirán en proporción a la jornada de trabajo.

Las contrataciones realizadas entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de mayo de 2008, podrán ser objeto de subvención por los programas aquí regulados, siempre que cumplan los requisitos y condiciones establecidas y se soliciten en el plazo comprendido entre el 31 de mayo de 2008 y el 30 de junio de 2008.
 

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