25 de noviembre de 2024
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Prohibido preguntar por el estado civil y los hijos en las entrevistas de trabajo

Prohibido preguntar por el estado civil y los hijos en las entrevistas de trabajo

El Ministerio de Trabajo vigila ya el cumplimiento de la Ley de Igualdad en las empresas. Ha empezado por poner la lupa sobre los métodos de selección de trabajadores en las empresas para penalizar los procedimientos que atenten contra la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo de hombres y mujeres. Así, Trabajo sancionará a las empresas que en los cuestionarios de selección de personal o en las entrevistas de trabajo pregunten por el número de hijos o el estado civil del aspirante a un puesto, dos situaciones personales que «pueden ser discriminatorio a la hora de acceder a un puesto de trabajo, especialmente para las mujeres», ha advertido Adrián González, subdirector para la Prevención de Riesgos Laborales en Políticas de Igualdad del Ministerio de Trabajo.

Éste es tan sólo uno de los aspectos que vigila la Inspección de Trabajo en las 3.000 visitas que realizará a empresas españolas durante 2008 para vigilar el cumplimiento de la Ley de Igualdad, un año después de su entrada en vigor. Otras tantas se harán en 2009 y en el año 2010 están previstas 4.000 coincidiendo con el plan previsto del Ministerio de Trabajo de incrementar el número de inspectores.

Además, se intensificará la vigilancia de las ofertas de empleo en prensa que puedan ser discriminatorias, del tipo: «Se busca mozo de almacén» o las desigualdades en remuneración entre un hombre y una mujer por realizar la misma función dentro de una empresa. En el punto de mira también están los convenios colectivos, en los que se comprobará que no haya cláusulas discriminatorias, cómo están establecidos los descansos del personal, la reducción de jornada, las medidas que permiten conciliar la vida laboral y familiar o si se han evaluado los riesgos que existen para una embarazada en un determinado puesto de trabajo.

El plan de inspecciones controlará con especial atención si las empresas se están ajustando a la legislación, que establece la obligación, para aquellas que tienen más de 250 empleados, de aprobar planes específicos de Igualdad y establece la voluntariedad de elaborarlos para aquellas que tienen un número inferior de asalariados. Disponen todavía de tres años de margen como máximo para hacer un diagnóstico de los aspectos que impiden la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Así, tendrá que revisar, por ejemplo, los procedimientos de ascenso y si los métodos de promoción permiten a las mujeres optar a puestos de mayor responsabilidad. «En muchas ocasiones las mujeres renuncian a ocupar estos cargos porque no se facilita la conciliación de la vida laboral y familiar», añade el responsable de la Inspección. De este modo, y tras un diagnóstico de la situación, tendrán que establecer sus planes específicos de Igualdad, que incorporarán medidas correctoras de la situación. La ley exige, además, que éstas se negocien con los representantes de los trabajadores, que pueden recibir asesoramiento externo. El Instituto de la Mujer ya está prestando su colaboración a algunas empresas en este sentido y están proliferando las consultoras que se especializan en Igualdad, conscientes de la apertura de un incipiente mercado de trabajo.

Primero, la advertencia
 
No obstante, «la intención no es entrar a sancionar directamente, trataremos de impulsar el cumplimiento de la ley, por ahora, de manera voluntaria», añadió González. La norma prevé sanciones que oscilan entre los 626 a los 6.250 euros para las infracciones graves en materia laboral (discriminación, acoso sexual o ausencia de planes de igualdad). Las muy graves se castigan con multas entre 6.252 y los 187.515 euros. No evaluar los riesgos en el trabajo para una empleada embarazada se sanciona con multas de 40.986 a 819.780 euros.
 
Rocío Ruiz

http://www.larazon.es/42872/noticia/Sociedad/Prohibido_preguntar_por_el_estado_civil_y_los_hijos_en_las_
entrevistas_de_trabajo

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