Los empleados temporales del Servicio Cántabro de Salud (SCS) pueden solicitar los complementos establecidos en la carrera profesional con el mismo derecho que los trabajadores fijos si cumplen las condiciones exigidas para ello, según una sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Santander.
El fallo, dado a conocer por el sindicato SIEP, estima un recurso promovido contra la administración sanitaria por empleados que se vieron excluidos de la carrera profesional por tener contratos temporales, ya que el acuerdo que regula ese complemento dispone que sólo puede cobrarlo el personal estable.
El juez entiende que ese acuerdo genera una desigualdad injustificada entre los empleados fijos y los temporales, cuando en la realidad se dan situaciones en la que los empleados temporales cumplen los años de antigüedad exigidos para optar al complemento.
"Si estamos ante situaciones de equivalencia material, con continuidad en el tiempo de la relación pública de empleo, el régimen jurídico debe ser el mismo en el aspecto que esa equivalencia se manifieste, en este caso en el complemento de carrera, y ello aunque la misma sea producto de una práctica administrativa que no es coherente con la finalidad y sentido que la norma da al personal laboral", razona el magistrado.
La sentencia sólo concede a los demandantes el derecho a solicitar ese complemento en igualdad de condiciones que sus compañeros con contrato fijo, porque ahora corresponde al SCS valorar si cumplen el resto de requisitos exigidos para cobrarlo.
Para el SIEP, este fallo "pone fin al clasismo propiciado por la actual Consejería de Sanidad en cuanto al trato que proporciona a los trabajadores".
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