Según consta en la sentencia, los hechos tuvieron lugar el día 26 de febrero de este año en torno a las 11.15 horas cuando el acusado, ‘con las facultades psicofísicas alteradas por la previa ingestión de bebidas alcohólicas’, circulaba con un vehículo propiedad de Limasa.
El hombre, que mostró su conformidad con la sentencia, circulaba en estas circunstancias por la calle Palma del Río, en la capital malagueña, al mismo tiempo que realizaba las labores de limpieza.
Los fundamentos de derecho de la resolución concretan que los hechos declarados y probados son constitutivos de un delito contra la seguridad del tráfico, por el que le condena a una multa de 720 euros, a 22 días de trabajos en beneficios de la comunidad y a la retirada del carné de conducir por ocho meses.
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