La compañía Air Nostrum rechazó ayer los motivos de la huelga convocada el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) y los calificó de "desproporcionados". Asimismo, lamentó "los perjuicios que se ocasionarán a sus clientes" e indicó que ya ha iniciado los trámites para que la Dirección General de Aviación Civil dicte los servicios mínimos.
Air Nostrum aseguró en un comunicado que "es falso que exista una nula voluntad de la empresa para negociar", ya que desde la apertura de las negociaciones del IV Convenio Colectivo de Pilotos se han celebrado 24 reuniones con la anterior sección sindical, y cuatro con la actual.
En este sentido, explicó que el 11 de octubre de 2007 se firmó un acuerdo de bases sobre los principios ya consensuados con la anterior sección sindical, que la actual representación del Sepla "se negó a asumir desde el principio".
"A pesar de esta actitud, contraria al espíritu de la negociación, Air Nostrum ha mantenido su voluntad de llegar a un acuerdo como acredita el hecho de que la actual sección sindical del Sepla fuera convocada, el pasado 5 de mayo, a una nueva reunión para el próximo día 13 de mayo", declaró la compañía de vuelos.
Air Nostrum también indicó que "la sección sindical del Sepla ha minado el proceso negociador con denuncias tales como la presentada el día 21 de febrero de 2007 por la que demandaban que se les abonase el tiempo transcurrido entre el momento en que un piloto aparca su coche en el parking en la T4 y llega caminando a la terminal".
Por otra parte, la compañía explicó que la última propuesta realizada por el Sepla, antes de abandonar la mesa de negociación, "representa un coste para la compañía de diez millones de euros anuales y hay que tener en cuenta que los beneficios de Air Nostrum en el año 2007 fueron de 15 millones de euros y que la tendencia para este ejercicio y los venideros es de claro recorte".
"El incremento que suponen las reivindicaciones de la actual sección sindical representa un aumento del 20 por ciento de la masa salarial del colectivo de pilotos, incremento no asumible por esta empresa ni por ninguna de nuestro sector bajo ninguna circunstancia y menos en las actuales", manifestó.
Por otra parte, Air Nostrum calificó de "inciertas" las afirmaciones sobre que "hayan existido actuaciones arbitrarias en materia de promoción". En este sentido explicó que "la compañía ha cumplido escrupulosamente el convenio vigente, en cuanto a la promoción de los pilotos siendo la compañía española donde más pilotos han sido promocionados en los últimos años, y no se ha recibido demanda alguna al respecto".
Además, afirmó que las medidas de externalización de producción que denuncia el Sepla "no son ciertas", ya que asegura que Air Nostrum "ha sido la compañía que más pilotos ha contratado de España, con un total de 268 en los cinco últimos años".
Conciliación vida familiar y laboral
En los relativo a la conciliación de la vida familiar y laboral, el criterio aplicado por la empresa en esta materia es el contemplado en la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo del 27 de septiembre de 2007, que fue comunicada a la representación de los pilotos con anterioridad a su aplicación, según la compañía.
En este sentido, declaró que "si se llevase a cabo la reducción proporcional a los tramos horarios de la jornada, tal como se pide, el actor percibiría una retribución proporcionalmente superior a la que obtendría realizando la jornada completa, contradiciendo así la finalidad del sistema retributivo convencionalmente pactado, que trata de primar la realización de las horas de trabajo que supongan un sobreesfuerzo".
Respecto a la asignación arbitraria de bases a la que se refiere el Sepla, "la empresa ha sido rigurosa en el cumplimiento del convenio en lo que se refiere a la publicación de nuevas bases de pilotos, no existiendo hasta la fecha ninguna denuncia al respecto", según las mismas fuentes.
Por último, señaló que "el incumplimiento del régimen de días francos, del que acusa Sepla, no existe puesto que la empresa no hace más que cumplir la jurisprudencia existente concretada en la sentencia de 24 de febrero de 2006".
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