22 de febrero de 2025
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El fiscal cree que los treinta despidos de Ingemarga no son »nulos»

El fiscal cree que los treinta despidos de Ingemarga no son ''nulos''

 Los juicios por el despido de 28 trabajadores de Ingemarga y de dos delegados sindicales quedaron  vistos para setencia en los juzgados de lo Social número 1 y 2 de Lugo, respectivamente, tras dos pleitos consecutivos que duraron en total seis horas.

UGT y CIG, como demandantes, solicitaron la nulidad de los 30 despidos al entender que el expediente disciplinario conculcó los artículos 24, 28 y 14 de la Constitución. Los letrados de los sindicatos argumentaron la supuesta vulneración del derecho de libertad sindical de los trabajadores, de indemnidad —es decir, la posibilidad de no realizar horas extras sin ser represaliados— y el de igualdad.

Tanto en el primer juicio por el despido de los 28 operarios, como en el segundo por la expulsión de los dos delegados sindicales, el ministerio fiscal indicó que no se habían conculcado derechos fundamentales de los trabajadores.

Por tanto, dijo, "no cabe que sean declarados nulos los despidos, pero debe ser el juez quien dictamine la procedencia o improcedencia de los mismos".

La defensa de Ingemarga negó las acusaciones de los letrados de CIG y UGT. El abogado de la patronal, el madrileño José Luis Fraile, apuntó que los 30 operarios despedidos habían incurrido en "desobediencia y transgresión de la buena fe contractual". A su juicio, los operarios se erigieron en "definidores de sus obligaciones laborales".

Según indicó el abogado de la empresa demandada, el 18 de enero de este año 38 trabajadores enviaron un comunicado a Ingemarga para informar de que a partir del 26, sábado, no irían a su empleo los sábados, domingos y festivos, ateniéndose al descanso fijado por el convenio de la construcción de Lugo. El día 23, CIG y UGT ratificaron esa decisión con un requerimiento notarial a la patronal.

El letrado de Ingemarga dice que hubo "actuación por las bravas ", que obligó a la empresa a los despidos, "al no poder permanecer al arbitrio de los trabajadores".

Los abogados demandantes, Xermán Vázquez (CIG) y Teresa Souto (UGT), indicaron que no fueron despedidos todos los que se ausentaron del trabajo. Asimismo apuntaron que varios se encontraban de baja cuando fueron expulsados, aunque la parte contraria replicó con datos que eso no era cierto.

Supuesta ilegalidad

Los sindicatos mantienen que el calendario laboral de Ingemarga, en cinco turnos, de lunes a domingo, "es manifiestamente ilegal" porque contraviene el convenio de la construcción de Lugo, que fija como laborables exclusivamente las jornadas de lunes a viernes.

El supuesto acuerdo de 1988 por el que los empleados aceptaron tácitamente los cinco turnos, de lunes a domingo, fue motivo de discrepancias reiteradas entre demandantes y demandados.

Los sindicatos expusieron que no tiene validez legal, al estar sujeto al convenio del sector. Además los letrados de las centrales apuntaron que ese presunto acuerdo no era conocido por todos los empleados, lo que, a su juicio, desacredita la supuesta "mala fe, deslealtad y transgresión" alegada por la defensa de Ingemarga. CIG y UGT señalaron que las actas de las reuniones del comité de empresa e Ingemarga las guardaba la patronal con celo. Añadieron que al miembro del comité de empresa de CIG Luis Vigo, que fue testigo, le negaron una fotocopia.

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