22 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

USO pide entrar en la Comisión de Seguimiento del Fondo de Reserva de la Seguridad Social

El secretario general de la Unión Sindical Obrera (USO), Julio Salazar, ha remitido una carta el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, en la que le pide que nombre a un representante de este sindicato en la Comisión de Seguimiento del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, donde sólo están representados CC.OO. y UGT. USO reclama a Caldera que cumpla la sentencia del Tribunal Supremo que modifica el Real Decreto que desarrolla la Ley Reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, y que establece que la composición de la Comisión de Seguimiento del Fondo de Reserva especificada en el Decreto no se ajusta a lo dispuesto por la Ley en lo que se refiere a los representantes sindicales que deben tener presencia en el mismo. En dicha sentencia, el alto tribunal interpreta «que dadas la finalidad y cometido de la Comisión de Seguimiento, más se satisface el cumplimiento de sus obligaciones oyendo cuatro voces de distintos sindicatos, unidos a los intereses que representan que pueden ser distintos y diferentes, que oyendo dos veces a los mismos sindicatos». En concreto, la sentencia aclara que, según la normativa actual, la Comisión de Seguimiento debe estar formada por cuatro representantes de los distintos sindicatos de mayor implantación, requisito que actualmente se cumple con el nombramiento de dos representantes de CC.OO. y otros dos de UGT. Así, el Tribunal Supremo precisa que «parece obvio que lo querido por la Ley es que en la Comisión existan hasta cuatro voces distintas de sindicatos de mayor implantación, y ello se cumple, cuando se elijan cuatro representantes de otros cuatro sindicatos, y no cuando se elijan dos por cada uno de los sindicatos de mayor implantación». Por todo ello, USO pide a Caldera que cumpla con el fallo del Supremo y nombre a un representante de este sindicato para formar parte de esta Comisión, dado que USO es uno de los cuatro sindicatos con mayor implantación en España, según una sentencia del Tribunal Constitucional de febrero de 1990. La sentencia del Supremo responde a los recursos presentados en su día por los sindicatos nacionalistas ELA y CIG, que consideran «ilegal» los dos representantes nombrados por cada sindicato mayoritario (CC.OO. y UGT) porque se «vulnera el derecho a la libertad sindical» al impedir la participación en este órgano de otros sindicatos mayoritariamente representativos en determinadas comunidades autónomas.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué impacto tendría la implementación de una jornada laboral reducida en el rendimiento y la satisfacción de los empleados?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital