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15 de marzo de 2025
rrhhdigital

Los pilotos de Iberia consideran excesivos los servicios mínimos dictados por Fomento para la huelga

Los pilotos de Iberia consideran excesivos los servicios mínimos dictados por Fomento para la huelga

Los pilotos de Iberia se comprometen a cumplir «íntegramente» los servicios mínimos decretados por el Ministerio de Fomento en el transcurso de la huelga convocada del 10 al 16 de julio por la sección del Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) en la aerolínea. No obstante, SEPLA-Iberia recurrirá los servicios por considerarlos «excesivos», aunque fuentes del sindicato señalaron a Europa Press que este tipo de recurso es un «trámite habitual».

Fuentes de SEPLA indicaron a Europa Press que Iberia deberá hacer público, según dicta Fomento, los vuelos que de acuerdo a estos criterios se llevarán a cabo los días de huelga, aunque desde el sindicato sospechan que esta información no será transmitida por Iberia hasta el sábado 8 de julio.

Según informó la sección sindical, Fomento dio a conocer el pasado viernes la orden ministerial de servicios esenciales que Iberia deberá aplicar y mantener en la programación de sus vuelos con motivo de la huelga.

El Ministerio insta al mantenimiento de todos los servicios cuya hora de salida programada fuera anterior al inicio de la huelga y cuya llegada prevista se produzca en el periodo de huelga. Asimismo, se protegerán todos los servicios cuya salida esté programada en el periodo de huelga y su llegada se produzca finalizado el periodo de la misma.

Además, dicta el mantenimiento de todos los servicios aéreos entre los aeropuertos peninsulares con Canarias y Baleares, y en su caso, entre las islas en ambos archipiélagos y entre las ciudades peninsulares y Melilla.

Asimismo, se operará el 50% de los servicios entre ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido de 500 kilómetros o más, o un tiempo superior a 5 horas. En cuanto a servicios entre ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido de menos de 500 kilómetros o un tiempo inferior a 5 horas, los servicios mínimos serán del 25%.

Los servicios entre ciudades españolas y extranjeras cuyo tiempo de viaje aéreo sea de menos de seis horas de duración tendrán que operarse a un mínimo del 50%, mientras que entre ciudades españolas y extranjeras cuyo tiempo de viaje aéreo sea de más de 6 horas de duración, se mantendrá un servicio diario de ida y vuelta.

Por otra parte, Fomento dicta que se mantengan los vuelos programados para el transporte de correo y productos perecederos cuando éstos se efectúen con aeronaves dedicadas exclusivamente al transporte de carga. También se mantendrán aquellas operaciones técnicas de posicionamiento y otras tales como la situación de tripulaciones necesarias para la realización efectiva de los servicios de transporte aéreo considerados como esenciales, y todos los del día siguiente.

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