22 de noviembre de 2024
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Hoy aprueba el gobierno la reforma laboral que entrará en vigor el 1 de julio

Hoy aprueba el gobierno  la reforma laboral que entrará en vigor el 1 de julio

El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar hoy el Decreto Ley de reforma del mercado de trabajo, que fue suscrito formalmente el pasado 9 de mayo con los dirigentes de CCOO, UGT y CEOE-CEPYME en el Palacio de La Moncloa. La reforma será tramitada como proyecto de ley, lo que permitirá a los grupos parlamentarios introducir enmiendas al texto.

El ministro de Trabajo, Jesús Caldera, ha pedido a los grupos que respeten el contenido del texto porque es un acuerdo «patrimonio del conjunto de la sociedad» y resultado de un trabajo «intenso» con los agentes sociales que duró más de catorce meses.

La reforma, cuyo objetivo prioritario es reducir la temporalidad y promover la contratación indefinida contiene, básicamente, medidas para aumentar la estabilidad en el empleo.

Con carácter excepcional, la reforma incluye un «plan extraordinario» de bonificaciones que terminará el próximo 31 de diciembre y que incentivará con 800 euros durante tres años las conversiones de los contratos temporales (formalizados antes del 1 de junio de este año) en indefinidos.

A partir del 1 de enero de 2007, el Estado dejará de bonificar las conversiones y sólo incentivará el empleo indefinido inicial.

Además, la reforma laboral permitirá que los empresarios puedan hacer fijos a sus trabajadores temporales con un contrato de fomento del empleo (con una indemnización por despido de 33 días), en vez de con el contrato indefinido ordinario (45 días de despido).

Los empresarios contarán con esta posibilidad hasta el 31 de diciembre de 2007.

La reforma también modifica los incentivos actuales a la contratación indefinida y los amplía al grupo de jóvenes varones de entre 16 y 30 años, además de mantenerlos para los colectivos que ya las tenían: mujeres, mayores de 45, parados con más de seis meses demandando empleo y discapacitados.

Las bonificaciones también se mantienen para los trabajadores en exclusión y con contratos formativos, así como los empleados de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.

Estos incentivos, que sirven para empresas y autónomos, oscilarán entre los 500 y los 3.200 euros, en función del colectivo al que vaya destinado.

Limitaciones a la contratación temporal
Para limitar la contratación temporal, se limita el encadenamiento de contratos para que un mismo trabajador no esté contratado en una empresa más de 24 meses en un periodo máximo de 30 (los contratos de interinidad y los formativos no cuentan).

La reforma establece además rebajas en las cuotas al desempleo de los contratos indefinidos (0,25 por ciento desde el 1 de julio de 2006 y medio punto desde el 1 de julio de 2008).

También reduce del 0,4 al 0,2 por ciento las cuotas empresariales al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y mejora las prestaciones del Fondo, que cubre los salarios de los trabajadores afectados por empresas insolventes.

Además, incluye medidas para reforzar los efectivos de la Inspección de Trabajo y para incrementar la transparencia en la subcontratación de obras, ya que, entre otras cuestiones, obliga a la empresa principal a informar a los sindicatos de la duración de las obras y de la relación de trabajadores.

La reforma mejora también la protección por desempleo y amplía el subsidio de desempleo en seis meses a los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares que hayan agotado la prestación contributiva.

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