20 de septiembre de 2024
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Los cargos electos y los sindicalistas podrán cobrar el paro

Los cargos electos y los sindicalistas podrán cobrar el paro

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso aprobó este martes por unanimidad una proposición de ley, impulsada por todos los grupos, para incluir en el Régimen General de la Seguridad Social y extender la protección por desempleo a determinados cargos públicos y sindicales.

En concreto, podrán cobrar el paro tras dejar sus puestos los ediles, miembros de Cabildos y Consejos insulares y Juntas Generales y los sindicalistas que desarrollen labores de dirección y perciban una retribución por ello.

Durante la tramitación parlamentaria se incluyó entre los beneficiarios de la ley a los concejales con dedicación parcial, habida cuenta de que la redacción original incluía sólo a aquellos ediles con dedicación completa.

También se ha modificado el artículo inicial de la proposición de ley referido a los sindicalistas, que limitaba el derecho a paro los que desempeñan tareas de dirección a nivel provincial o superior. Con este cambio, el derecho de extenderá a todos los cargos representativos sindicales con tareas de dirección y dedicación completa o parcial, independientemente del ámbito en el que ejerzan sus funciones, dando cabida así a los que pertenecen a organizaciones comarcales o insulares.

La proposición de ley incluye una disposición transitoria para que las cotizaciones por desempleo efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley surtan efectos y se computen para el reconocimiento, duración y cuantía de las prestaciones.

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