30 de octubre de 2024
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Tres meses de prisión para un sargento por dar un ligero cachete a un alumno legionario

Tres meses de prisión para un sargento por dar un ligero cachete a un alumno legionario

El Tribunal Territorial Militar Primero ha condenado a tres meses y un día de prisión por un delito de abuso de autoridad a un sargento de Infantería que propinó «un ligero cachete en la cara» a un alumno legionario para despertarlo, al tiempo que ha solicitado al Gobierno el indulto del procesado por entender que la aplicación
de la doctrina del Tribunal Supremo en que se basa la condena a «supuestos de poca entidad» podría tener «efectos excesivamente severos».

En su sentencia, publicada por la Revista Jurídica Militar y recogida por Europa Press, el tribunal expone como hechos probados que, el 25 de junio de 2.000, durante una clase teórica que impartía a sus subordinados en el marco de las maniobras ‘EOLO’ realizadas en Zaragoza, el sargento propinó a un legionario paracaidista «un ligero cachete en la cara» con el objetivo de «despertarlo o despabilarlo».

La acusación solicitó para el imputado cinco meses de prisión por un delito de abuso de autoridad en la modalidad de maltrato a un subordinado, mientras que la defensa reclamó su libre absolución por considerar que su cliente no había maltratado al alumno sino que se había limitado a despertarlo.

En el apartado de fundamentos legales, el juzgado castrense señala que la conducta del sargento constituye, según la «reiterada doctrina» emitida a este respecto por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, un «maltrato de obra a un inferior». Por este motivo, opta por condenarle pero también explica que el artículo 104.1 del Código Penal Militar abarca «cualquier agresión o violencia física» de un superior a un inferior «aunque carezca de resultado lesivo externo o interno visibles».

Apoyado en esas consideraciones, el tribunal decide condenar al sargento imputado por un delito de abuso de autoridad a tres meses y un día de prisión, con suspensión de empleo durante ese periodo, pero también acuerda solicitar su indulto total «habida cuenta la escasa trascendencia de los hechos enjuiciados» y la «excesiva dilación» en el desarrollo del procedimiento judicial.

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