Los agentes sociales y el Gobierno han cerrado la reforma laboral, que el Ejecutivo quiere aprobar mediante un Real Decreto Ley y que entrará en vigor el próximo 1 de julio, según han confirmado fuentes de la negociación.
Entre otras medidas, el texto pactado permite a los empresarios hacer fijos a sus trabajadores temporales mediante el contrato de fomento del empleo (con el despido más barato), incluye un «plan de choque» para reducir el empleo temporal y limita a un periodo máximo de treinta meses el encadenamiento de contratos en un mismo trabajador.
Este acuerdo, que llega tras catorce meses de negociación, será suscrito, previsiblemente, el próximo 9 de mayo en el Palacio de La Moncloa por el presidente del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, y los máximos dirigentes de los sindicatos CCOO y UGT y de las patronales CEOE y CEPYME. Según el documento, los empresarios que quieran hacer fijos a sus trabajadores temporales podrán utilizar el contrato de fomento del empleo (con una indemnización por despido de 33 días), en vez del contrato indefinido ordinario (45 días de despido).
Utilización del contrato de fomento
Sin embargo, cuando entre en vigor esta reforma, los empresarios podrán utilizar el contrato de fomento en las conversiones, aunque sólo en los contratos temporales suscritos con anterioridad al 31 de diciembre de 2007. Así, aunque la reforma no generaliza el uso del contrato de fomento del empleo estable (indemnización de 33 días), amplía su utilización de manera significativa.
Hasta ahora, el contrato de fomento sólo estaba permitido para contratar desde el principio de manera indefinida a los colectivos con más dificultades de inserción en el mercado laboral: mujeres, minusválidos, desempleados que llevan más de seis meses inscritos en las oficinas del INEM, y varones mayores de 45 años.
La reforma incluye además un programa de incentivos que extiende a los jóvenes varones de entre 16 y 30 años las bonificaciones para la contratación indefinida inicial y las mantiene para los colectivos que ya las tenían: mujeres, mayores de 45, parados con más de seis meses demandando empleo y discapacitados.
Se incluyen también en este grupo los trabajadores en exclusión y trabajadores con contratos formativos, así como los empleados de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación. Este «plan extraordinario» se limitará, no obstante, a los contratos temporales suscritos hasta el 1 de junio de este año y siempre que se conviertan en fijos antes del 1 de enero de 2007.
Bonificaciones para el empleo fijo
A partir de esa fecha, desaparecerán las bonificaciones para convertir empleo temporal en indefinido y sólo se incentivarán los contratos que sean estables desde el primer día. Las bonificaciones al empleo fijo, tanto en los contratos iniciales como en las conversiones, oscilan entre los 800 y los 1.200 euros, en función del colectivo del que forme parte el trabajador (mujer, joven, parado de larga duración, etc).
Los empresarios también obtendrán rebajas en las cuotas al desempleo que pagan por los contratos indefinidos (0,25 por ciento desde el 1 de julio de 2006 y medio punto a partir del 1 de julio de 2008). Las tres partes están de acuerdo en reducir del 0,4 al 0,2 por ciento las cuotas empresariales al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y mejorar las prestaciones del Fondo, que cubre los salarios de los trabajadores de empresas que han quebrado.
Se reducen los contratos encadenados a un mismo trabajador
El acuerdo también limitará el encadenamiento de contratos para que un mismo trabajador no esté contratado en una empresa más de 24 meses en un periodo máximo de 30 (los contratos de interinidad y los formativos no cuentan).
Además, incluye medidas para incrementar la transparencia en la subcontratación de obras, como la obligación de la empresa principal de informar a los sindicatos de la duración de las obras y la relación de trabajadores, así como reforzar la Inspección de Trabajo.
La reforma extiende además el subsidio de desempleo de seis meses a los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares que hayan agotado la prestación contributiva menor a un año.
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