El Juzgado Contencioso Administrativo número 12 de Barcelona ha reconocido por vez primera el derecho de un funcionario a un permiso de paternidad de un mes, según informó hoy el sindicato UGT de Cataluña.
Un trabajador de la Consejería de Justicia de la Generalitat pidió este permiso en febrero de 2004, un mes después de la entrada en vigor de la ley que dispone que la normativa de Función Pública debe establecer la introducción de un permiso de paternidad de cuatro semanas.
La Consejería denegó la petición alegando que, como no se había desarrollado el correspondiente reglamento que debería regular este derecho, el trabajador no podría disfrutar el mismo.
En la sentencia, el juez estimó parcialmente el recurso de UGT de Cataluña, representante legal del funcionario, y dictaminó que hubo falta de diligencia por parte de la Administración a la hora de articular el despliegue normativo correspondiente y que, por lo tanto, no se puede privar al trabajador del permiso de paternidad.
El único límite que impone la sentencia, según UGT, es que el funcionario sólo puede disponer del permiso de paternidad durante las cuatro semanas posteriores al día después del nacimiento del hijo.
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