25 de diciembre de 2024

El Gobierno no cree probable que recurra a la ‘acción de oro’ en Endesa ante la OPA de E.ON

El Gobierno no cree probable que recurra a la 'acción de oro' en Endesa ante la OPA de E.ON

El Gobierno no cree que vaya a invocar la ‘acción de oro’ que mantiene en Endesa ante la contraopa lanzada por el gigante alemán E.ON sobre el 100% de la primera eléctrica española, al tratarse de una potestad que está en trámites de derogación.

La ‘acción de oro’ que mantiene el Gobierno sobre Endesa finaliza en junio de 2007, por lo que el Ejecutivo tendría aún posibilidad de ejercer dicha potestad, que le otorga derecho de veto sobre decisiones estratégicas que afecten a la empresa.

Se trata de un mecanismo que mantiene el Estado en algunas empresas públicas privatizadas desde marzo de 1995, si bien el Gobierno aprobó en noviembre de 2005 un proyecto de ley para derogarlo, después de que el Tribunal de Justicia de la UE emitiera el 13 de mayo de 2003 una sentencia en la que afirmaba que este instrumento es contrario a la libertad de capitales en el seno de la UE.

De esta manera, la «acción de oro» que todavía posee el Gobierno tanto en Endesa como en Iberia (abril de 2006) o Telefónica (febrero de 2007) –en Repsol YPF caducó a principios de este mes, y desaparecerá una vez que el proyecto de Ley supere el trámite parlamentario y entre en vigor.

Pese a que el Tribunal de Luxemburgo estimaba que, en el caso de Endesa o de Repsol YPF, los obstáculos a la libre circulación de capitales podían estar justificados por «consideraciones de seguridad pública», consideró finalmente que no se respetaba el principio de proporcionalidad, ya que el Ejecutivo español dispone de una amplia facultad discrecional, cuyo ejercicio no está sujeto a ninguna condición.

La vicepresidenta primera y portavoz del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, afirmó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de 25 de noviembre de 2005 que con el proyecto de ley por el que se deroga la acción de oro el Gobierno pretende acabar los problemas surgidos respecto de la adaptación de esta norma al Derecho Comunitario europeo, cumplir con la sentencia del Tribunal Europeo y evitar así posibles sanciones.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué tendencia en RRHH crees que transformará más las organizaciones en 2025?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital