El pasado 12 de julio RTVE, SEPI y los sindicatos acordaron fijar un excedente de plantilla en el Ente público de 4.150 trabajadores fijos, con una antigüedad superior a 6 años y toda vez cumplidos 50 años o más a 31 de diciembre de 2006. Entonces, todas las partes destacaron el hecho de que el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) sería voluntario, al menos en una primera fase.
Ayer, dentro de la ronda negociadora para dar forma al recorte laboral y allanar el terreno a la futura Corporación, el Gobierno presentó a los sindicatos un nuevo documento -al que ha tenido acceso ABC- en el que además de mantener la oferta económica indemnizatoria en un 87,7 por ciento del salario bruto medio percibido durante el último año -6 puntos menos de las exigencias de los representantes de los empleados-, aparecían dos supuestos de bajas indemnizadas que, en la práctica, fuerzan las prejubilaciones con la amenaza de un despido legal en caso de negativa.
El texto, de trece páginas, señala en su epígrafe 6.a («Baja indemnizada alternativa»), que «los trabajadores que rechacen su acogimiento a las medidas establecidas en los epígrafes I, II y III (Sistema Indemnizatorio y Protecciones Complementarias; Compromiso de Acceso al Sistema; y Acciones de Adecuación Interna), extinguirán su contrato de trabajo con derecho a percibir la indemnización resultante de aplicar el módulo de 20 días de salario bruto anual por cada año de prestación de servicios, con el tope máximo de 12 mensualidades». Este escenario coincide con lo previsto legalmente para los casos de despido declarado procedente. La normativa española sólo contempla en este apartado el despido por «causas objetivas, regulación de empleo -como es el caso de RTVE- o causas tecnológicas o económicas».
Esta cláusula, no obstante, ha sido acogida por fuentes sindicales consultadas por este periódico, como una oferta de mínimos que no se sostiene y que, a buen seguro, se utilizará como moneda de cambio en el tira y afloja psoterior para «arañar» a cambio de su retirada algún punto en la partida económica.
Movilidad geográfica
En el epígrafe 6.b («Baja indemnizada directa») se señala que «los trabajadores que, por no cumplir los requisitos exigibles para su acogimiento a las medidas establecidas en los epígrafes I, II y III (Sistema Indemnizatorio y Protecciones Complementarias; Compromiso de Acceso al Sistema; y Acciones de Adecuación Interna), y no se les oferte un puesto de trabajo, que mantenga su actual destino geográfico, podrán extinguir su contrato de trabajo con derecho a percibir la indemnización resultante de aplicar el módulo de 45 días de salario bruto anual por año de prestación de servicios, con el tope de 42 mensualidades». En este punto, la oferta es más generosa -lo previsto para situaciones de despido improcedente-, pero facilita la salida del Ente también a aquellos trabajadores que sin reunir las condiciones exigidas para acogerse al ERE opten por una marcha voluntaria, a los que se aplicarían las condiciones legales previstas para un despido improcedente. Esto es, un empleado con menos de 50 años al cierre de 2006 o con una antigüedad inferior a seis años que no tenga puesto de trabajo en su lugar de residencia podrá optar por abandonar RTVE con una indemnización propia de un despido improcedente.
La próxima reunión se ha fijado para el lunes 9 de octubre, sólo un día antes de que expire el plazo acordado la pasada semana para encontrar de común acuerdo un fórmula económica que garantice el éxito del recorte de plantilla.
http://www.abc.es/20061005/sociedad-sociedad/gobierno-amenaza-despido-procedente_200610050245.html
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