El Ministerio de Trabajo ha redactado un nuevo borrador del Real Decreto que regula la relación laboral especial en los despachos de abogados. El texto ha incorporado algunas propuestas formuladas por el Consejo General de la Abogacía (CGAE) que ha llegado a un consenso con las organizaciones sindicales.
Con la entrada en vigor del Real Decreto, los bufetes de abogados deberán hacer frente a un convenio colectivo que será negociado por el sector. Este es uno de los aspectos que recoge el nuevo borrador redactado por el Ministerio de Trabajo atendiendo a las demandas consensuadas con el Consejo General de la Abogacía y los sindicatos.
El Ministerio de Trabajo había propuesto inicialmente que los despachos se rigieran por "los convenios colectivos que resultasen de aplicación", como el de Oficinas y Despachos. Este aspecto fue rechazado por la Abogacía que apostaba por pactos libres entre empleador y empleado. No obstante, el convenio general, ha sido la fórmula final aceptada por CAE y sindicatos. Otra de las novedades es que quedan fuera de la relación laboral especial los abogados que no perciban periódicamente unos ingresos mínimos al despacho.
En cuanto a la indemnización por clientela, una de las medidas más polémicas de la iniciativa, el Ministerio la limita a los clientes que un abogado aporte al bufete en el inicio de su relación laboral. Para los casos de extinción del contrato, tanto por voluntad del abogado como por el despacho, el borrador establece un período mínimo de preaviso de 45 días.
Los comentarios están cerrados.