Todos los grupos parlamentarios, excepto el BNG, han votado en el Senado a favor de la regulación del acceso a la profesión de estos operadores jurídicos. Con esta Ley se da respuesta a las reclamaciones formuladas por la Abogacía desde 1917. El texto recoge, entre otros aspectos, la obligatoriedad de colegiarse para poder ejercer.
La Ley de Acceso a la profesión de Abogado y Procurador ha pasado su trámite definitivo en el Senado. La Ley, que entrará plenamente en vigor a los cinco años de su publicación en el BOE, regula el acceso a estas profesiones y garantiza los derechos de defensa y tutela judicial efectiva. Además sienta las bases para un servicio de calidad en la asistencia letrada a los abogados y se homologa la formación de los abogados españoles con la de los países de la UE.
Respecto al período de prácticas, el texto establece que éstas deberán constituir la mitad del ciclo formativo. En cuanto a la organización, acreditación y reconocimiento de los cursos de formación, la ley fija un convenio modelo entre la universidad y un colegio profesional que regule las prácticas externas.
Por otro lado, la nueva Ley también establece la garantía de igualdad de oportunidades para el acceso al ejercicio de las profesiones de abogado y procurador, mediante ayudas y becas para aquellos licenciados en Derecho que quieran obtener cualquiera de las titulaciones a las que se refiere la citada Ley, de conformidad con el sistema nacional de becas.
Finalmente, los que en el momento de la entrada en vigor de la Ley se encuentren en posesión del título universitario de licenciado o de grado en Derecho, dispondrán de un plazo máximo de dos años para colegiarse, como ejercientes o no ejercientes.
Los comentarios están cerrados.