UGT se ha mostrado partidaria de que se establezca un período transitorio flexible para la entrada al mercado laboral español de trabajadores rumanos y búlgaros, quienes a partir del 1 de enero de 2007 se convertirán en ciudadanos comunitarios tras la entrada de sus países en la Unión Europea.
Según explica la central sindical en una nota, el establecimiento del período transitorio, sólo aplicable a los trabajadores por cuenta ajena que quieran venir a España a partir del 1 de enero de 2007, implicará que seguirán necesitando visado.
Además, no supondrá que a partir de esa fecha no puedan seguir llegando trabajadores de esos países, ya que UGT propone que ambos estados sean 'destino preferente' para los procedimientos de contratación en origen.
Asimismo, para no generar 'alarma social' resalta que la adopción de esa medida no afectará a los que ya están en España con una autorización de trabajo y residencia, quienes se convertirán, al igual que sus familiares, en miembros de pleno derecho de la UE.
Para UGT, el período transitorio permitiría seguir la evolución de una ampliación que, para España, es 'nueva, porque es la primera vez que se incorporan a la UE dos países para quienes somos un destino preferente de los flujos migratorios'.
UGT asegura que su petición se la ha comunicado a los otros interlocutores sociales (CCOO y la patronal CEOE) y al propio Gobierno.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de ayer, la vicepresidente primera, María Teresa Fernández de la Vega, preguntada por esta demanda de los interlocutores sociales, respondió que el Ejecutivo está analizando el impacto que supondrán esas nuevas entradas, y advirtió de que no se impondrán restricciones.
En este sentido, UGT recuerda que la entrada de Rumanía y Bulgaria supone la quinta ampliación de la UE y, como en las anteriores, los antiguos miembros pueden adoptar algunas medidas y salvaguardas incluidas en el Tratado de Adhesión de 2005.
En este contexto, aboga por la adopción de ese período transitorio, aunque considera que la decisión necesita de un 'análisis previo y sosegado', donde el 'único y decisivo' argumento no puede ser 'convertir en regulares a personas que hoy están en situación administrativa irregular'.
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