La Audiencia Provincial de Cantabria ha señalado que las declaraciones de los trabajadores contratados de forma ilegal, si cumple con los requisitos necesarios de credibilidad y reiteración, pueden constituir prueba suficiente para condenar al empresario. El Tribunal afirma que dicha prueba basta para dejar sin efecto la presunción de inocencia.
La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal que condenaba a los responsables de la empresa contratadora como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores. El empresario tenía a tres trabajadores extranjeros sin la autorización de residencia y trabajo debida. Éstos no estaban afiliados a la Seguridad Social ni poseían ninguno de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico.
A juicio de la Audiencia, la declaración de uno de los trabajadores contratados de forma ilegal aludiendo a la persona que le contrató constituye una ?declaración creíble y reiterada?, suficiente para fundamentar los hechos. El trabajador hizo referencia a aspectos sustanciales de la contratación, forma de pago o sede de la empresa que sirvieron para condenar a los empresarios a siete meses de cárcel, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante dicho período y una multa de 1.920 euros.
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