La Audiencia Nacional ha obligado a una empresa a cumplir una sentencia del Tribunal Supremo que obliga a una empresa a ampliar el período de descanso mínimo de sus empleados. La empresa deberá además aportar datos sobre sus horarios, ya que en caso contrario podría ser sancionada.
La empresa solapaba el descanso diario, de unas 12 horas, con el semanal de día y medio. Esto implicaba que el segundo sustituía parte del primero en lugar de sumarse. La situación fue denunciada por los representantes de los trabajadores que consideraban reducido su período de descanso reglamentario.
El Supremo ha dio la razón a los trabajadores y instó a la empresa a cumplir con la obligación de respetar el tiempo de descaso obligatorio y modificar sus horarios. La empresa llevó a cabo está reforma pero no totalmente. Por su parte, la Audiencia Nacional ha señalado que si no se aporta un horario que se ajuste a lo fijado deberá pagar 100 euros diarios que irán aumentando conforme pase el tiempo.
Por otro lado, la empresa entiende que su nueva planificación se ajusta a lo establecido por el TS desde septiembre, y afirma que "lo ordinario en este sector no son ocho horas de trabajo, sino seis, por lo que el descanso debe ser de 36 horas".
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