Una confusión de identidad obliga a una mujer a endeudarse para devolver 28.226 €; al Seguro
Un error monumental de la Seguridad Social convirtió a Ana Ortiz en una morosa por haber cobrado una pensión que correspondía a una mujer que podía ser su clon. Compartían el nombre, el año, el mes de nacimiento, el nombre de sus padres y el número de afiliación al Seguro. Tras perder la batalla judicial, Ana Ortiz ha perdido la pensión y sus ahorros y ha tenido que pedir dinero prestado para abonar hasta el último céntimo reclamado por la Seguridad Social: 28.226,54 euros, que incluyen 623,41 en concepto de intereses.
Con la victoria que le daba una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya –de la que ya informó EL PERIÓDICO–, la maquinaria judicial de la Seguridad Social continuó hasta que se ejecutó el fallo y esos 28.226,54 euros volvieron a las arcas públicas. Ana Ortiz se sobresaltó cuando recibió, un jueves, un aviso de embargo en caso de que no abonara la cantidad adeudada de forma inmediata.
Tuvo que moverse con rapidez para reunir el dinero el lunes siguiente. El primer paso fue cancelar un depósito a largo plazo. "En el BBVA se portaron bien conmigo y no me cobraron la penalización por sacar el dinero antes del plazo previsto", afirma la afectada. Pero no tenía suficiente y recurrió a la familia para completar la deuda. "Se lo devolveré cuando pueda", añade.
Pero la pérdida de sus ahorros no ha sido lo que más le ha molestado. "Me han quitado la salud y eso no se recupera", asegura. Ahora está de baja por depresión, después de que, a sus 69 años, empezara a trabajar de nuevo como empleada del hogar al perder la paga del Seguro.
Su nueva batalla consiste en reclamar a la Seguridad Social que le reconozcan unas cotizaciones que le permitirían percibir una pensión contributiva. Pero los papeles de los años 50 han desaparecido.
Un caso excepcional
El abogado de la afectada, Antoni Biosca, afirma que este es "un caso excepcional". "La sentencia –explica– no es una tropelía o un error judicial, pero sí una disfunción de la Administración y un golpe muy duro para la mujer".
Se basa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que considera que la buena fe de las víctimas de errores de este tipo no les exime de la devolución. Sin embargo, los mismos hechos fueron interpretados de forma mucho más benévola por un juzgado de lo social, que acotó la devolución a solo tres meses en lugar de los cuatro años en los que la primera Ana Ortiz cobró una pensión de 196,22 euros mensuales que correspondía a su falsa gemela. El entuerto se deshizo cuando la segunda Ana Ortiz pidió su pensión.
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