14 de noviembre de 2024
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Multa de 132.000 € para dos empresas por infracciones detectadas por Trabajo

Multa de 132.000 € para dos empresas por infracciones detectadas por Trabajo

El Consejo de Ministros acordó hoy, a propuesta del ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, la imposición de sendas sanciones, por un importe superior a 132.000 euros, a dos empresas por actuaciones relacionadas con la labor de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La reseña destaca que dado el elevado importe de las sanciones, su imposición corresponde al Consejo de Ministros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.

La sanción más elevada, 84.000 euros, ha sido impuesta a la empresa UNZUE KOL, S.L, debido a un acta de infracción por obstrucción a la labor de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de las Islas Baleares.

Los hechos que produjeron dicha sanción, calificada de muy grave, se originaron en febrero de 2006, como consecuencia de la visita conjunta de dicha Inspección y del Grupo Operativo de extranjeros del Cuerpo Nacional de Policía, a la obra que la empresa estaba realizando en dos hoteles en el término municipal de San José, en la isla de Ibiza, y en el transcurso de la cual vieron cómo un gran número de personas abandonaban el recinto, antes de poder ser identificadas.

UNZUE KOL, S.L.,la empresa contratista, a la que se requirió para examinar la documentación laboral e identificación de las personas que huyeron del recinto, no aportó dato alguno, mientras que por parte del Grupo Operativo de Extranjeros se pudo identificar a catorce personas, que fueron detenidas por los agentes cuando intentaban escapar, y constatar que eran extranjeros sin autorización para trabajar en España.

La obstrucción a la labor inspectora por parte de la empresa, que motivó la sanción, está basada en el hecho de no facilitar la identificación de las catorce personas que huyeron del centro de trabajo.

En cuanto a la sanción impuesta a la empresa INSTITUTO COSTA DEL SOL, S.L. (INCOSOL), es resultado de una infracción a la normativa en materia de Seguridad Social, consistente en retener indebidamente, sin ingresar dentro del plazo, la parte de la cuota de Seguridad Social descontada a los 397 trabajadores de la plantilla, durante una serie de mensualidades entre 2002 y 2006, por importe de 766.000 euros.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Málaga extendió acta de infracción en materia de Seguridad Social, calificándola de muy grave y con sanción en su grado máximo, al considerar el número de trabajadores, la cifra del negocio de la empresa y la cantidad defraudada, por lo que proponía una sanción de 90.000 euros.

INCOSOL en el trámite de alegaciones señaló que por diversos problemas económicos prefirió pagar las nóminas, e hizo constar que había abonado las cuotas inaplazables (cuotas de los trabajadores y de contingencias por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de junio de 2002 a abril de 2005), y que quedaban pendientes de abono las correspondientes a las liquidaciones de octubre de 2005 a abril de 2006.

Tras la confirmación de dicho ingreso por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, no se considera como agravante la persistencia de la infracción, por lo que se modifica la graduación de la sanción, que se impone en su grado medio, por importe de 48.080 euros.

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