El Gobierno considera que la prolongación de la vida laboral de los trabajadores es uno de los principales elementos que pueden preservar el futuro del sistema público de pensiones. Por eso aprobó el viernes un paquete de medidas, fruto del acuerdo con los sindicatos y los empresarios, entre las que se encuentra una que recompensará a estos empleados si se deciden a seguir trabajando más allá de la edad legal de jubilación. Este proyecto de ley será discutido en el Parlamento.
Hasta ahora, en nada beneficiaba a un trabajador continuar cotizando más allá de los 65 años porque la Seguridad Social no reconocía estas aportaciones. Ahora, los trabajadores en esa situación podrán aumentar su pensión un 2% por cada año de más y hasta el 3% en el caso de que hayan cotizado a la Seguridad Social más de 40 años.
SUPRIMIR LOS TECHOS
Incluso, como las pensiones tienen un techo máximo, el Seguro está dispuesto a saltarse este límite si el trabajador prolonga su vida laboral, y a negociar un tanto alzado adicional en función de su historial.
La mayor obsesión de este Gobierno, como los del resto de la Unión Europea, es prolongar la vida laboral de los trabajadores para asegurar el sostenimiento de los sistemas públicos. La reforma laboral que consensuaron los sindicatos, los empresarios y el Ejecutivo en julio del año pasado pretendía poner las primeras bases para mitigar el efecto del envejecimiento de la población y de la irrupción como pensionistas del babyboom de los años 60.
JUBILACIÓN A LOS 63 AÑOS
En España, la jubilación suele producirse a los 63 años, uno de los promedios más altos de toda Europa. A pesar de este récord, el Gobierno quiere garantizar el futuro de las pensiones fomentando la permanencia de los trabajadores en sus empleos, siempre que no requieran un esfuerzo físico especial.
Para los trabajos penosos, tóxicos, peligrosos, insalubres o en los casos de personas con algún tipo de discapacidad el Ejecutivo ha admitido la prejubilación a partir de los 52 años.
Por contra, para acreditar los 15 años exigidos que dan derecho a pensión se tendrán en cuenta solo los días efectivamente cotizados y no las pagas extras como hasta ahora. Esto quiere decir que el trabajador deberá haber pagado cuotas durante un mínimo de 5.475 días, y no como antes, que se requerían 4.700 porque se computaban también las pagas extraordinarias.
Otra de las novedades que incluyó la reforma y que ayer refrendó el Gobierno son los nuevos límites a la jubilación parcial. Hasta ahora, podían acogerse a esta modalidad los trabajadores mayores de 60 años que se avenían a compartir con un empleado más joven parte de su jornada. Los nuevos requisitos para acogerse a esta figura incluirán haber cumplido 61 años, tener cotizados 30 años y tener seis de antiguedad en la empresa.
RETIRO PARCIAL
Esta medida fue una de las más polémicas en la negociación porque la jubilación parcial ha sido hasta ahora una de las medidas más utilizadas por los sindicatos a la hora de negociar medidas no traumáticas de reducción de plantilla en las empresas.
El proyecto de ley que el Gobierno remitirá al Parlamento con todas estas medidas incluye la equiparación de matrimonios y parejas de hecho a la hora de cobrar la pensión de viudedad siempre que el no casado pueda acreditar cinco años de convivencia o hijos comunes. En el caso de divorcio, la viuda solo cobrará si el cónyuge previamente estaba pagando la pensión alimenticia.
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