8 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

El TSJCyL impide a 34.000 empleados de Sacyl jubilarse a los 70 años

El TSJCyL impide a 34.000 empleados de Sacyl jubilarse a los 70 años

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha declarado nula la disposición de 12 de abril del 2004 de la Gerencia de Salud de Castilla y León que prorrogaba de forma automática la edad de jubilación de los médicos de los 65 a los 70 años de edad.

El fallo judicia, supone, por lo tanto, que el Alto Tribunal da por válidas las instrucciones generales dictadas hace tres años por Sacyl, salvo la que hace referencia a esta prórroga de cinco años. Solamente, en el caso de que el trabajador no haya cotizado los quince años mínimos para tener una pensión podría ampliar el servicio activo más allá de los 65 años, según fuentes de CSIF.

Difícilmente recurrible

Esta resolución judicial, difícilmente recurrible dado que ya es una segunda instancia y tendría que ser ante el Tribunal Supremo, afecta a los 34.000 trabajadores de Sacyl y, especialmente, a sus 11.000 médicos dado que, para el personal de categorías inferiores al grupo A, la diferencia «entre cobrar la pensión y seguir trabajando es mínima y lo habitual es que no les interese la prórroga», explican fuentes del sector sanitario del citado sindicato.

De dicho número de facultativos, el 25%, es decir 2.750, son actualmente mayores de 55 años, según los datos de un estudio de la Consejería de Sanidad sobre la edad de las plantillas. Y dentro de dicho porcentaje, la mayor parte supera ya los 60, sobre todo en los hospitales, en especial en Salamanca, Soria y en el hospital Clínico de Valladolid.

Respuesta de la Junta

La gerente regional de Salud, Carmen Ruiz, matizó el viernes que la sentencia del Alto Tribunal «en ningún caso» impide que los 34.000 profesionales de la Gerencia de Salud de Castilla y León se puedan jubilar a los 70 años y mantuvo que los que cumplan los requisitos establecidos en el Estatuto Marco Estatal, del 2003, y lo soliciten podrán seguir trabajando a partir de los 65 años y durante cinco más.

Ruiz explicó que la sentencia estima un recurso de apelación interpuesto por la Junta de Castilla y León contra una sentencia en primera instancia, que anula una resolución de la Gerencia.

Dijo que la resolución estima este recurso con una excepción, la de los profesionales que tenían cumplida la edad de jubilación en el momento que entró en vigor el Estatuto.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Cuál es el cambio más positivo que las generaciones jóvenes han aportado al mercado laboral?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital