30 de septiembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

El CES aprueba el proyecto de ley de teletrabajo en la Administración Pública

El CES aprueba el proyecto de ley de teletrabajo en la Administración Pública

El Pleno del Consejo Económico y Social, CES, aprobó ayer el borrador de Real Decreto que regulará el teletrabajo en la Administración Pública, aunque considera que debe ser objeto de un proceso amplio de negociación con las organizaciones sindicales del sector.

Así lo manifestó el presidente de la Comisión de Trabajo del CES, Manuel de la Rocha durante la presentación del dictamen sobre el proyecto de ley, que fue aprobado por 32 votos a favor, una abstención y 10 votos en contra.

El teletrabajo, que afectará al 10 por ciento de los empleados que tiene la Administración General del Estado, permitirá a los funcionarios que lo decidan alternar su actividad en el centro de trabajo y desde casa siempre que no superen el cuarenta por ciento de su jornada laboral con este sistema.

De la Rocha, manifestó la dificultad de hacer una valoración sobre aspectos concretos 'cuando el proyecto está sin madurar y debe ser objeto de un proceso amplio de negociación con las organizaciones sindicales del sector y en su caso de consulta con quien fuera pertinente'.

Por esta razón, el CES mostró su disponibilidad para que una vez terminado todo el ciclo de preparación del proyecto final del Real Decreto pueda volverse a remitir al Consejo y sea posible hacer una valoración más concreta.

Según el dictamen es necesario que aspectos de las condiciones de trabajo, como la jornada laboral o los horarios, se negocien con los sindicatos con implantación en la Administración General del Estado.

Aunque el CES valora el interés y las iniciativas que se plantean para ir introduciendo esta forma de trabajar, de la Rocha señaló que el proyecto contempla la aplicación del teletrabajo 'casi limitado' a la óptica que contempla la conciliación de la vida laboral y familiar y no fundamentalmente como una 'forma de organización del trabajo'.

Con respecto a que el teletrabajo debe ser voluntario y reversible, tanto para el trabajador como para la empresa, el CES considera que debe mantener y garantizar los derechos de los teletrabajadores con el resto de los trabajadores de la empresa, 'incluidos los derechos colectivos'.

Desde este punto de vista, el CES entiende que los criterios en que se basa el consenso global sobre teletrabajo deben ser respetados por las iniciativas públicas nacionales en este ámbito.

En cuanto a las memorias que acompañan al proyecto del real decreto, el CES manifiesta que deberían contener una explicación 'clara y suficiente' de la introducción del teletrabajo en la Administración.

En este punto, el CES estima que hay diferentes argumentos entre la memoria y la exposición de motivos del proyecto 'y parece que hay cierta incongruencia entre ambos documentos que no dejan claro cual sería el alcance y propósito de la norma' ni aporta análisis o evaluaciones previas que sustenten las ventajas del teletrabajo.

También considera que la memoria económica es enormemente escueta y no hace ninguna estimación de lo que supondría en el gasto público.

Con respecto al impacto por razón de género, el dictamen señala que el informe es 'parco y lacónico' y recomienda que debería haber tomado en consideración el hecho de que sean las mujeres las que mayoritariamente acudan a este tipo de trabajo.

En este sentido, el CES advierte del riesgo que ello supondría porque profundizaría más en el desequilibrio actual que hay entre hombres y mujeres en el reparto de las responsabilidades familiares.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Cuál es la medida más eficaz para apoyar la salud mental de los empleados?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital