20 de septiembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

El Estatuto del Empleado Público no reduce los controles de los ayuntamientos

El Estatuto del Empleado Público no reduce los controles de los ayuntamientos

El Proyecto de Ley del Estatuto del Empleado Público no cambia ninguna de las normas sobre los métodos de control, intervención y gestión de los ayuntamientos. En concreto, en cuanto al nombramiento de los secretarios e interventores de los entes locales, el texto mantiene la actual regulación de Ley de Grandes Ciudades, aprobada en 2003.

Ante los intentos de algunos colectivos minoritarios de "deformar el contenido y los objetivos" del Estatuto Básico del Empleado Público, el Ministerio de Administraciones Públicas se ha visto obligado a realizar determinadas precisiones en relación al citado texto. El Proyecto de Ley del Estatuto Básico del Empleado Público no modifica ninguna de las normas existentes sobre los métodos de control, intervención y gestión de los ayuntamientos.

En este sentido, los nombramiento de los secretarios e interventores de las corporaciones locales, continuarán rigiéndose por la actual regulación de Ley de Grandes Ciudades, aprobada en 2003. Por su parte, el Grupo Socialista en el Senado ha presentado una enmienda por la que se limita a los grandes ayuntamientos y diputaciones la posibilidad de nombramiento por libre designación en estos puestos, y como en todos los casos, entre funcionarios que hayan ganado su plaza por oposición.

El Ministerio cree que esta regulación no ha influido en ninguno de los casos de corrupción que, desgraciadamente, se han producido en los últimos años. Sin embargo, este Departamento sí ha impulsado medidas para introducir más transparencia y más dificultades para la corrupción en normas como la Ley del Suelo.

El Proyecto de Ley del Estatuto Básico del Empleado Público ha sido negociado y debatido durante los dos últimos años con todos los interesados. El texto supone la primera regulación homogénea de la función pública en España, sin atender a intereses corporativos. Nada hay en el texto que se refiera a los mecanismos de control de las administraciones, que se recogen en otras normas, por lo que el Ministerio considera que cualquier acusación en ese sentido es falsa y está motivada por intereses corporativistas.

 

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué aspecto del trabajo híbrido consideras más importante para mantener la productividad en tu empresa?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital