La nueva Ley de Igualdad establece la posibilidad de disfrutar del permiso de paternidad para todos los trabajadores que hayan cotizado un total de 180 días durante los últimos 7 años o 360 días en toda su vida laboral. En este sentido, los padres que adopten o acojan a un menor también podrán solicitar este derecho.
El pasado 23 de marzo el Boletín Oficial del Estado publicaba la Ley para la Igualdad Efectiva entre Hombre y Mujeres. El texto establece, entre otras medidas, la posibilidad de acogerse al permiso de paternidad fijado en 15 días, y que en ocho años se extenderá a un mes. Asimismo dispone que podrán disfrutar de este permiso todos los trabajadores, tanto autónomos como por cuenta ajena, que hayan cotizado 180 días a la Seguridad Social durante los últimos siete años ó 360 días a lo largo de toda la vida laboral.
La norma también contempla que además de los padres biológicos, aquéllos que acojan o adopten a un menor también podrán hacer uso de este derecho. Hasta el momento, con la anterior legislación, los padres únicamente disponían de dos días de permiso por el nacimiento de un hijo. Por otro lado, en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple el texto prevé la posibilidad de ampliar dicho permiso en dos días más por cada hijo a partir del segundo.
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