Los trabajadores autónomos con discapacidad podrán jubilarse anticipadamente en las mismas condiciones que los trabajadores con discapacidad por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, según informó el jueves pasado el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).
Así lo dispone el texto del proyecto de Ley del Estatuto del
Trabajo Autónomo que aprobó la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados, reflejando una enmienda sugerida por el Cermi y planteada por varios grupos parlamentarios.
Según el Cermi, hasta ahora únicamente los trabajadores con discapacidad del Régimen General de la Seguridad Social podían acogerse a la jubilación anticipada, por lo que con esta modificación se amplía este beneficio, en idénticas condiciones y requisitos, a los trabajadores autónomos con discapacidad.
Esta demanda del Cermi al Parlamento fue asumida y planteada por las organizaciones de autónomos APTA y ATA, que la incorporaron a su batería de propuestas de mejora del proyecto de ley remitido por el Gobierno.
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