Personalizar las Preferencias

Utilizamos cookies para ayudarlo a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrará información detallada sobre todas las cookies en cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies que se clasifican como "Necesarias" se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para habilitar las funcionalidades básicas del sitio.... 

Always Active

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

6 de marzo de 2025
rrhhdigital

Andalucía: Condenada la Junta por el acoso laboral a un disminuido

Andalucía: Condenada la Junta por el acoso laboral a un disminuido
En 2005 se le reconoció la Incapacidad Permanente Absoluta.

El Juzgado de lo Social Número 1 de Huelva ha condenado a las Delegaciones de Empleo y Educación de la Junta en Huelva al pago de una indemnización de 130.000 euros a una persona con un porcentaje de minusvalía mental del 66%, por acoso laboral.

Para el juez, "el acoso denunciado se desarrolla a través de las relaciones interpersonales que existen en el ámbito del trabajo, resultando que el empresario puede aparecer como sujeto activo del acoso y en otros casos como simple espectador sin que por ello quede exento de responsabilidad, contribuyendo con su pasividad al clima de hostigamiento en el que se ve inserto en el trabajador", estimándose en ésta última la posición de las Delegaciones.

En la sentencia, que está actualmente recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía -esperándose la resolución del recurso para el próximo 9 de mayo-, el juez declara "que ha sido vulnerada la dignidad" del trabajador y, con ella, "sus derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación por cualquier circunstancia personal, a la integridad moral y al honor, la intimidad y la propia imagen".

Los hechos juzgados sucedieron entre 1999 y 2005, período en el que la persona disminuida trabajó como ordenanza para las Delegaciones de Empleo y Educación y como celador en el SAS. Según se indica en la sentencia, durante el tiempo de trabajo en Empleo y tras aproximadamente dos meses desde su llegada, esta persona "fue objeto de trato vejatorio, burlesco y degradante, llevado a cabo por parte de varios compañeros de trabajo", ante "el conocimiento y pasividad del responsable de Recursos Humanos".

Esto llevó a presentar denuncia. El delegado abrió un expediente disciplinario que concluyó con propuesta de sanción para unos y apercibimiento para otros, si bien, "terminado el expediente, el mismo quedó paralizado, no constando que se le haya dado curso ni se haya impuesto sanción alguna".

El demandante trabajó en 2002 como ordenanza del instituto Diego de Guzmán y Quesada, donde "nuevamente vuelve a ser vejado y discriminado por sus compañeros". En 2005 se le reconoció la Incapacidad Permanente Absoluta.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Cuál debería ser la prioridad de las empresas para avanzar en igualdad de género?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído