El Ayuntamiento de Huesca ha recibido un nuevo revés judicial. A la sentencia que anuló las oposiciones por las que se contrató a 27 auxiliares administrativos y a la que ratifica la ilegalidad de los multicines del polígono 25 hay que añadir el fallo del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo que declara nula la convocatoria para cubrir cinco plazas de bombero y reconoce el derecho de un aspirante a participar en las pruebas de selección.
El juez considera que la limitación de edad máxima establecida en las bases de la oposición, 36 años, no se ajusta a derecho y da la razón al aspirante de 39 años que fue excluido de las pruebas de selección por este motivo y que presentó el contencioso argumentando que esta disposición era "inconstitucional y discriminatoria".
Y así lo ha entendido el magistrado, que ha estimado el recurso en el que el demandante pedía la anulación del decreto del alcalde de 16 de octubre de 2006 donde se aprobaban las bases para la convocatoria. Éstas establecían, por primera vez, un límite de edad para poder presentarse, concretamente "no haber cumplido los 36 años". Al ver este requisito, un aspirante de 39 años, presentó un recurso en el Ayuntamiento, pero le dijeron que la edad estaba fijada en un nuevo reglamento del Reglamento del Cuerpo de Bomberos aprobado por el Consistorio en el año 2006.
Sin embargo, según declaró a este periódico, él averiguó que, al contrario que para ser policía, para ser bombero no hay un máximo de edad. "Una oposición ya es suficientemente dura como para que además te pongan trabas ilegales porque, que yo sepa, no hay ningún estudio que diga que a los 36 años pierdes la condición física y no puedes ser bombero", añadió el perjudicado. Al no convencerle la respuesta del Ayuntamiento, decidió seguir adelante y llevar el caso a los tribunales. Se puso en contacto con la Asociación Stop Discriminación y su presidente, el abogado Javier García, presentó la demanda basada, en primer lugar, en que la Constitución Española "consagra el derecho a la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública".
El juez afirma que el artículo del reglamento que fija que los aspirantes a bombero han de tener un mínimo de 18 años y un máximo de 36 "no es conforme a derecho debido a que no cuenta con rango suficiente para establecer una limitación de edad en el proceso de selección de Bomberos".
Asimismo, incide en que la proporcionalidad de la edad no está debidamente probaba al no constar una justificación previa o unos estudios que motivaran esta decisión normativa. El magistrado hace notar que en el organigrama municipal está marcado el bombero de apoyo a partir de los 60 años y que las bases para crear un bolsa de trabajo y cubrir plazas de bombero de forma interina se exige solo tener cumplidos 18 años.
Suspensión cautelar
Javier García, de Stop Discriminacion, manifestó su satisfacción por los términos del fallo judicial y recordó que la oposición a bombero está en suspenso desde el 17 de enero, cuando se admitió a trámite el recurso. En esta ocasión el Ayuntamiento se anticipó a la orden del juez y paralizó el proceso. Tres semanas después, el titular del Juzgado nº 1 de lo Contencioso-Administrativo ordenó paralizar de forma cautelar las pruebas. Con esta medida, solicitada en el propio recurso, se pretendía asegurar que no hubiese perjudicados si las oposiciones seguían adelante y la resolución judicial daba la razón al demandante.
Es el caso opuesto a las oposiciones de auxiliar administrativo. Esta misma semana, el alcalde ha firmado un decreto para despedir a 27 empleados que accedieron a sus puestos en 2005, a partir de unas pruebas cuyas bases que fueron recurridas por el sindicato CSI-CSIF. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón dio la razón a los demandantes El Ayuntamiento ha despedido a los auxiliares, pero volverá a contratarlos como restitución patrimonial.
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