Tres empresarios de Morón de la Frontera (Sevilla) han sido absueltos de un delito contra los derechos de los trabajadores porque los marroquíes indocumentados a los que contrataron en sus fincas no recibieron un trato 'indigno, inhumano ni atentatorio contra la dignidad humana'.
El juzgado penal 11, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, absuelve también a los cuatro marroquíes acusados porque no se ha demostrado que cobraran a tres compatriotas por traerles a España y que, una vez aquí, les quitaran el pasaporte y les exigieran dinero para regularizar su situación.
La prueba de tales imputaciones fue un único denunciante, también marroquí, que además había sido denunciado y condenado por abusar sexualmente de la esposa del principal acusado, 'con lo cual su parcialidad como testigo debe poderse en duda', dice la juez.
En cuanto a los tres empresarios de Morón, la sentencia acoge la tesis de la abogada defensora, Concepción Paniagua, y sostiene que la contratación de los inmigrantes sin papeles pudo ser una falta administrativa pero para que exista delito contra los derechos de los trabajadores es preciso que sufran condiciones 'indignas, inhumanas y claramente atentatorias contra la dignidad humana'.
En este caso, no se ha demostrado que los marroquíes 'trabajaran en horario ininterrumpido y con un bajo salario, ni que vivieran en condiciones inhumanas en las fincas de los acusados'.
Además, los empresarios posteriormente regularizaron la situación de los afectados, por lo que su actuación no pasa de un 'ilícito administrativo' según la última doctrina jurídica, añade la sentencia.
De esta manera, los cuatro marroquíes se han visto libres de los seis años de cárcel que pidió el fiscal para ellos, pena que ascendió a un año y medio de cárcel en el caso de los empresarios agrícolas.
Dice la sentencia que tampoco se ha demostrado que los acusados trajeran a España a los marroquíes, pues éstos declararon en el juicio que llegaron a España en patera o escondidos en un camión, ni que ofrecieran a los empresarios 'mano de obra barata' a cambio de alojamiento gratuito en sus fincas.
Junto a ello, el único testigo que acusó a los procesados no explicó 'el precio que le exigieron, cuándo y dónde pagó la primera cantidad anticipada, en qué momento le quitaron el pasaporte y si finalmente le exigieron o no dinero y en que forma lo pagó', dice el fallo.
Los comentarios están cerrados.