Un juez de lo Social de Palma ha reconocido el despido improcedente de tres trabajadores inmigrantes ecuatorianos "sin papeles", y ha condenado a la empresa a indemnizar a esos trabajadores, pese a que carecían de permiso de residencia y trabajo.
El magistrado decidió aplicar con contundencia la reformada Ley de Extranjería en Baleares, que equipara los derechos de los trabajadores extranjeros con lo de los españoles, aunque carezcan de autorización legal para residir y trabajar en España.
La sentencia obliga a la empresa a indemnizar a los extranjeros despedidos, y no a readmitirlos, ya que al carecer de permisos quedó extinguida la relación laboral.
TAMBIÉN TIENEN DERECHOS
El criterio seguido por el juez de Palma ha sido el mismo de otros de sus colegas peninsulares, que han rechazado por improcedentes los despidos de inmigrantes que residían de manera irregular en el país.
Los inmigrantes sin papeles sólo podrían desarrollar trabajos clandestinos porque tampoco podrían acceder a los contingentes que se prevén para trabajadores llegados desde los países de origen.
Dados los plazos del procedimiento judicial, hay situaciones en las que sea posible recurrir antes a la figura del arraigo, que se puede solicitar con tres años de residencia ilegal en España y una oferta de trabajo entre otros requisitos.
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