El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento de Actuaciones y Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria, con el que se completa el desarrollo de la Ley General Tributaria y se busca hacer el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicias (IRPF) de una forma más eficaz. Esto incluye tanto a los contribuyentes como a la propia Agencia Tributiria, encargada de la gestión y cobro de dicho impuesto.
El nuevo reglamento, según se indica desde el Ejecutivo, regula las formas con las que se aplicará el sistema de cobro de IRPF para evitar la dispersión existente en la anterior regulación.
Entre otras cuestiones, la nueva norma fija la información mínima común que debe figurar en los censos tributarios, así como las obligaciones de comunicar cambios en el domicilio y el número de identificación fiscales.
Desde el interés del contribuyente, se regulan los procedimientos de información y asistencia tributaria en cuestiones como la presentación de consultas y el acceso a la valoración administrativa de inmuebles, así como en el uso de medios telemáticos en estos procesos.
También en cuanto a procedimientos, el reglamento incorpora normas sobre presentación de declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones de datos, solicitudes de devolución y procedimientos de control por parte de la Administración.
Además, se establece una regulación legal sobre la duración de los plazos de los procedimientos y los motivos de prórroga e interrupción justificada de éstos.
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