Un empleado de la Delegación de la Agencia Tributaria de Córdoba ha perdido su condición de funcionario por revelar datos de un contribuyente a una compañía aseguradora, según se explica en una resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y firmada por el director de este organismo, Luis Pedroche.
El funcionario en cuestión, perteneciente al Cuerpo General Auxiliar y que responde a las iniciales P.B.P, fue denunciado por un contribuyente por acceder indebidamente a sus datos y cedérselos a una aseguradora. El delegado de la Agencia Tributaria de Córdoba, en una resolución fechada el 9 de enero de 1997, acordó incoar expediente disciplinario a dicho empleado y un mes más tarde fue suspendido provisionalmente de sus funciones.
Las actuaciones se remitieron entonces al Ministerio Fiscal y el Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba abrió diligencias previas, en las que el funcionario implicado tenía la condición de imputado. A la vista de las citadas diligencias, el director general de la Agencia Tributaria (AEAT), con fecha 13 de junio de 1997, acordó suspender provisionalmente de sus funciones al mencionado empleado durante la tramitación del procedimiento judicial.
Siete años más tarde, se levantó la suspensión provisional de sus funciones y el funcionario se reincorporó a su puesto de trabajo el 9 de julio de 2004. Posteriormente, en mayo de 2007, la Audiencia Provincial de Córdoba dictó una sentencia en la que, por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, se condenaba a este funcionario a dos años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio y a la pena de inhabilitación absoluta por un periodo de siete años.
En la resolución publicada en el BOE se procede a dar cumplimiento a dicha sentencia, declarando la pérdida de condición de funcionario de P.B.P, eliminando su derecho a ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado y estimando extinguido el expediente disciplinario del que fue objeto.
Contra esta resolución, cabe interponer recurso de reposición ante la Dirección General de la AEAT o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, no pudiendo presentarse simultáneamente ambos recursos.
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