19 de noviembre de 2024
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El Congreso aprueba la Ley de Contratos del sector público que limita la contratación de ETTs

El Congreso aprueba la Ley de Contratos del sector público que limita la contratación de ETTs

El Congreso aprobó ayer la Ley de Contratos del Sector Público que impedirá a las Administraciones Públicas contratar personal de Empresas de Trabajo Temporal (ETT), salvo que sea de forma eventual para hacer encuestas, tomar datos o servicios similares.

El Congreso ha aprobado definitivamente el Proyecto de ley con las dos enmiendas que remitió el Senado.

La enmienda que establece la limitación de contratación de ETT recibió 170 votos a favor, 125 en contra y 10 abstenciones.

Fue introducida por la Entesa Catalana de Progrés en el Senado y apoyada por el PSOE en la Cámara alta.

Sin embargo, según explicaron a Efe fuentes de Entesa, en el trámite previo en el Congreso, los socialistas se habían mostrado partidarios de que las ETT pudieran participar más en los contratos públicos 'y abrieron la manga'.

Por ello, todos los grupos, salvo IU-ICV (ERC no intervino en la toma de posición) recriminaron al PSOE su cambio y criticaron la enmienda en el Pleno del Congreso.

Así, el diputado popular Andrés José Ayala recriminó a los socialistas la aprobación 'sorpresiva' de esta enmienda que, en su opinión, hace que el texto sea igual al que presentó el Gobierno.

Por su parte, el parlamentario de CiU Josep Sánchez i Llibre recriminó a los socialistas que la incorporación de esta enmienda supone incumplir 'un pacto de caballeros'.

En los mismos términos se pronunciaron los representantes de PNV y CC, Emilio Olabarría y Luis Mardones, respectivamente.

Sin embargo, la parlamentaria de IU-ICV Isaura Navarro mostró su satisfacción por esta disposición 'sustancial', pues, a su juicio, 'no tiene sentido' que las Administraciones Públicas utilicen los servicios de una ETT cuando para trabajos excepcionales ya existe la figura del interino.

Por otro lado, la segunda enmienda del senado impide que las empresas filiales de un grupo participen en un mismo contrato de concesión de obras públicas estatales, aunque, si estas empresas se fusionan antes de que concluya el plazo de candidaturas u ofertas del concurso, podrán mantener una oferta común.

En el resto de contratos, las compañías de un mismo grupo pueden optar a las adjudicaciones, aunque si se determinara que presentan ofertas con un presupuesto anormalmente bajo o exagerado que no se pudiese justificar serían excluidas del concurso.

Otra de las novedades es que las organizaciones de comercio justo legalmente reconocidas tendrán preferencia en la adjudicación de contratos, siempre que sus ofertas igualen a las más ventajosas del proceso.

También podrá reservarse en las licitaciones la participación de Centros Especiales de Empleo cuando al menos el 70 por 100 de los trabajadores afectados sean personas con discapacidad que, por sus deficiencias, no puedan ejercer una actividad profesional en condiciones normales.

Asimismo, la Administración solicitará a los candidatos en un proceso de adjudicación de contratos que sus ofertas respeten la ley en materia de protección del medio ambiente y del empleo, así como en prevención de riesgos laborales.

El texto, que pretende introducir en la ley española las exigencias del derecho comunitario, mejora la participación en la subcontratación de las pymes y establece más competencias en la licitación y contratación pública para facilitar el acceso de más empresas a los concursos.

http://www.rrhhdigital.es/editorial_ampliada.asp?id=796

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