Las Fundaciones Laborales en la actualidad han comenzado a tener un papel clave en el fomento y difusión de la responsabilidad social empresarial en las compañías, porque se han convertido en "catalizadoras" de esta nueva forma de hacer empresa, ya que, desde sus orígenes, tienen entre sus principios fundacionales fines como la beneficencia, la solidaridad, la gestión de la acción social o la tutela ante la desprotección social, todos ellos aspectos muy vinculados a la RSE.
Así lo explicó ayer el Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Carlos III, Jesús Mercader, que se encuentra actualmente coordinando un trabajo de investigación de un año de duración que concluirá en mayo de 2008: 'Fundaciones Laborales, una herramienta para canalizar la RSE', que comenzó el pasado mes de mayo. Mercader intervino el martes en la III Jornada sobre RSE y Pymes organizada por el Grupo Sectorial de Fundaciones Laborales de la Asociación Española de Fundaciones en la sede madrileña de ESADE.
La presentación fue un 'avance' de las conclusiones a las que está llegando el grupo de investigación de esta Universidad -que trabaja en colaboración con la Universidad de La Coruña- y que muestra, como principal dato, que el mundo de las Fundaciones Laborales "adolece de una clara desatención doctrinal", es decir, "hay muy pocos estudios o análisis en esta materia". Hasta ahora este sector ha sido un "desierto en cuanto a investigación", aseguró Mercader.
Las Fundaciones Laborales, que se crean bien por convenio colectivo, por decisión unilateral de las empresas o grupos empresariales, o bien por organizaciones empresariales o sindicales, tienen, según los primeros resultados de este estudio, un papel activo en materia de RSE, porque siempre se han dedicado a gestionar planes de previsión social (planes de pensiones), mejoras directas de las prestaciones sociales de los empleados, actividades formativas, gestión de la acción social de las empresas, o prevención de riesgos laborales.
PYMES Y RSE
En cuanto a las pymes y la RSE -cuya relación también se analizó a lo largo de esta jornada-, Mercader recordó que éstas suponen más del 90% de los más de 33 millones de empresas que hay actualmente en España. Las ventajas que éstas presentan a la hora de hablar de RSE son, por ejemplo, su flexibilidad, su adaptación a los cambios y su mayor humanización, así como un menor nivel de conflictos y una mayor dinamización para la economía nacional.
Por contra, la RSC es aún un concepto desconocido para ellas, porque, hasta ahora, la RSE siempre ha tenido como punto de referencia las grandes empresas y las grandes instituciones como el Pacto Mundial de Naciones Unidas. De ahí la necesidad "cada vez más clara" de que las pymes ocupen por fin su lugar en este sentido. Las Fundaciones Laborales se unen también en este punto como "instrumento mancomunado de canalización de la RSE también en las pequeñas y medianas empresas".
De esta forma, las Fundaciones Laborales cumplen una función "básica" en el desarrollo de la RSC, insistió Mercader, que recordó que su interactuación "generará sinergias altamente positivas que permitirán una optimización de los RRHH y materiales, aprovechar la experiencia de todas las empresas asociadas, y centralizar aspectos como la formación, sensibilización, información y acuerdos con terceros: tanto en el ámbito de las Administraciones públicas como en el de colaboradores de servicios".
Como ejemplos de experiencias reales de empresas que están utilizando la figura de las Fundaciones Laborales para llevar a cabo su RSE en el ámbito socio-laboral, Mercader señaló Santa Bárbara, la Fundación Laboral de la Construcción de Asturias -como Fundación Laboral de un sector- o la Fundación Laboral San Prudencio, como Fundaciones Laborales de una región.
Pese al 'buen estado de salud' de estas instituciones, Mercader se refirió a algunos "puntos débiles" que aún arrastran las Fundaciones Laborales, relacionados, sobre todo, con la necesidad "imprescindible" de que cuenten con un marco normativo específico que tenga en cuenta las particularidades propias de este tipo fundacional, y el diseño de un estatuto jurídico que dote a estas Fundaciones de las garantías suficientes para poder desarrollar su labor de la manera más eficiente posible.
Los comentarios están cerrados.