18 de noviembre de 2024
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País Vasco: Ratificado el despido de un empleado por incumplimiento reiterado de las medidas de seguridad

País Vasco: Ratificado el despido de un empleado por incumplimiento reiterado de las medidas de seguridad

Según recoge elpais.com en su edición de hoy, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ratificado la decisión de la empresa Win, S.A., de despedir a un trabajador por incumplir de manera reiterada las medidas de seguridad de una obra en la que trabajaba.

La sentencia, de julio de este año, rectifica la dictada por el tribunal de primera instancia en octubre de 2.006, que declaró improcedente el despido, y marca un punto de inflexión en la interpretación judicial de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del propio convenio colectivo de la construcción de la provincia de Vizcaya.

Según elpais.com, aunque la ley atribuye al empresario la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir la normativa de seguridad, el Tribunal Superior de Justicia interpreta que la desatención por parte de los empleados tiene también consecuencias. En este caso, el despido del trabajador J. M. A. M., por incumplir reiteradamente -dos veces en el semestre, según el convenio de la construcción de Vizcaya- las medidas de seguridad a su disposición.

En la sentencia, a la que tuvo acceso elpais.com, la sala permite a las empresas adoptar esa decisión por las graves consecuencias aparejadas a los accidentes de trabajo, cuando los mismos acaban imputándose a una ligereza o desatención por parte de la empresa de su deber de vigilancia y cumplimiento de las normas de seguridad.

El despido fue notificado al trabajador el 22 de septiembre de 2.006, tras ser amonestado por escrito en dos ocasiones, 22 de julio y 2 de agosto,  por incumplimiento de las medidas de seguridad establecidas. En la segunda comunicación,  la empresa le hizo saber que "conforme al artículo 82.17 del Convenio Colectivo de la Construcción de Vizcaya 2006-2008, la reincidencia en falta grave dentro del mismo semestre es una falta muy grave sancionable con el despido".

El Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao declaró improcedente el despido, al considerar que la empresa no se había ajustado al convenio en cuanto a la reincidencia en los apercibimientos.

Sin embargo, el TSJPV revoca ese fallo y argumenta que las dos notificaciones son suficientes, aunque no llevaran aparejada sanción alguna intermedia.

http://www.elpais.com/articulo/economia/justicia/acepta/despido/faltas/seguridad/empleado/elpepueco/20071105elpepieco_6/Tes

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