El pleno del Consell aprobó ayer un anteproyecto de ley que viene a cerrar la puerta a los enchufes en las fundaciones públicas que se nutren de fondos públicos. La nueva norma, que modifica una anterior, establece que la selección de personal de las entidades del sector público de la Generalitat deberán someterse a los principios de mérito, capacidad, igualdad y publicidad. Hasta ahora la mayoría de las contrataciones se hacían «a dedo» y sin someterse a proceso alguno.
El pleno del Consell aprobó ayer un anteproyecto de ley que obliga a las fundaciones del sector público de la Generalitat a seleccionar a su personal conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de la correspondiente convocatoria. Es decir, la nueva ley, una vez sea aprobada por las Corts, supondrá cerrar la puerta a la contratación a dedo de trabajadores, una práctica que era habitual en la mayoría de este tipo de entidades públicas. La oposición ha denunciado en numerosas ocasiones casos de «enchufismo» en las fundaciones que se nutren de fondos públicos. De hecho, entidades como la Fundación Agua y Progreso o la Fundación para la Atención de Víctimas del Delito y Encuentro Familiar (Favide) han tenido en nómina a personas vinculadas al Partido Popular que no han tenido que someterse a examen alguno para ser contratados. Al margen de estos casos, las fundaciones de la Generalitat no hacen convocatorias públicas para seleccionar a personal.
El anteproyecto de ley de modificación de la ley 8/1998, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Fundaciones de la Comunitat Valenciana incorpora un artículo sobre selección de personal en el que se establece que «deberá realizarse con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de la correspondiente convocatoria». Es decir, una vez el texto sea aprobado en las Corts, se deberán aplicar los principios que rigen para el acceso a la función pública; oposiciones y concursos.
Vacío normativo
En realidad, el anteproyecto que la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas que dirige Fernando de Rosa sometió ayer al visto bueno del Ejecutivo valenciano lo que hace es adaptar la ley valenciana de 1998 a la legislación estatal, vigente desde 2002. La conselleria entendía que por razones de seguridad jurídica era necesario adaptar la ley valenciana.
Una de las novedades es precisamente la incorporación de un nuevo título para «clarificar las peculiaridades en la constitución y en el régimen jurídico de las fundaciones del sector público de la Generalitat, hasta ahora carentes de una regulación autonómica específica». En concreto, se establece que tendrán la consideración de fundaciones del sector público de la Generalitat aquellas entidades que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, del Consell o de los entes del sector público. También aquellas que en su patrimonio fundacional, con carácter de permanencia, esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la Generalitat.
Junto a los requisitos para la selección de personal (un artículo que se copia literal de la ley estatal del 2002), también se hace una referencia a la contratación en general. Se establece que esta «se ajustará a lo regulado para este tipo de fundaciones en la legislación en materia de contratos del sector público». Este artículo que, según los expertos consultados, obliga a las entidades a someterse a la ley de contratos de las Administraciones Públicas es más ambiguo que el recogido en la ley estatal en el que se establece que «la contratación
La ley recoge otros cambios referidos a fundaciones de carácter privado, como el referente a la posibilidad de incrementar de 20 a 50 trabajadores el número medio de empleados.
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