El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 4 meses de prisión impuesta a un subteniente de la Guardia Civil por trato degradante a una guardia alumna, a quien calificó de 'niña pija de papa', 'inútil', 'ignorante' y le dijo que 'mujer tenía que ser'.
Así lo ha acordado la sala de lo militar del Tribunal Supremo en una sentencia, en la que desestima el recurso que el subteniente interpuso contra la dictada en junio por el Tribunal Militar Territorial.
El Tribunal Militar condenó a J.F.V. a cuatro meses de cárcel por un delito consumado de abuso de autoridad y estimó probado que los hechos tuvieron lugar en el puesto de la Guardia Civil de A Guarda, en la provincia de Pontevedra, donde el acusado tomó posesión como comandante en 2005.
Según explica la sentencia, a los pocos días de tomar posesión manifestó en sus relaciones con los demás miembros del cuerpo 'un trato severo y exigente', a la par que distante y 'realizaba comparaciones entre los Guardias a sus órdenes, a quienes a veces calificaba de inútiles para el servicio'.
Se fue generando un mal ambiente en el Puesto, extremo que un cabo primero comunicó al capitán, quien días después recibió a dicha alumna, que le dijo que el acusado le había faltado al respeto, que se dirigía a ella de malos modos, descalificándola cuando no se encontraba presente.
Entre julio y septiembre de 2005, en reiteradas ocasiones el subteniente manifestó su falta de aprecio por los guardias alumnos y en concreto por dicha alumna, a quien calificó de 'niña pija de papa', y realizó comentarios tales como 'esa tía no se entera de nada' y 'la Guardia Civil se jodió desde que ingresaron las mujeres, que son un estorbo'.
Además, en otra ocasión dijo a la alumna 'que cogiera una escoba y que barriese que seguro que se le daba bien por ser mujer'.
Todo ello dio lugar a que la alumna 'prestase los servicios bajo tensión nerviosa y con miedo, llorando en distintas ocasiones'.
El procesado fue amonestado verbalmente por el coronel jefe de la Comandancia de Pontevedra, advirtiéndole de la necesidad de esmerar el trato con los componentes del puesto.
Varios de ellos perdieron de forma temporal la aptitud psicofísica para el servicio y posteriormente se acordó el cese en el destino del acusado por tres meses.
El Guardia Civil ha recurrido la condena al estimar que su actuación no reúne la entidad suficiente para ser calificada como trato degradante.
Para el TS, 'no nos encontramos tan sólo ante un trato desconsiderado e irrespetuoso fruto de la prepotencia, en un actuar ilícito digno de reproche disciplinario que el propio recurrente reconoce, sino que los hechos enjuiciados revisten una gravedad más que suficiente para considerar que la conducta del subteniente entrañó un efectivo trato degradante'.
Además, señala que 'el constante menosprecio que se produce afecta sin duda a la propia estimación de la ofendida, incidiendo en su dignidad personal -especialmente en su condición de mujer-, y en su dignidad profesional, provocando sentimientos de humillación'.
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