19 de octubre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

Entra en vigor la ley para cobrar más si se retrasa la jubilación

Entra en vigor la ley para cobrar más si se retrasa la jubilación

La ley de medidas en materia de Seguridad Social, por la que se establece la posibilidad de elevar hasta un 15% la pensión para quienes retrasen su jubilación hasta los 70 años, entró en vigor ayer, 1 de enero.

La norma recibió el visto bueno definitivo del Congreso de los Diputados el pasado 22 de noviembre y es fruto del acuerdo alcanzado por el Gobierno, con la patronal y los sindicatos CCOO y UGT.

La principal medida de la ley es que permitirá que los trabajadores que se jubilen con 66 o más años vean aumentada un 2% su pensión por cada año cotizado a partir de los 65. El porcentaje se elevará al 3% si se acreditan carreras de cotización de 40 años, con lo que se llegaría al 15% citado.

La norma establece además que, en los casos en que se supere la pensión máxima, se reconocerá el derecho a percibir anualmente una cantidad a tanto alzado, cuyo importe dependerá de los años cotizados.

Por otro lado, la ley prevé una reducción de la edad de jubilación para las personas con discapacidad, reconoce la pensión de viudedad para las parejas de hecho, mejora las pensiones para quienes se prejubilaron antes de 2002 y establece el cómputo del servicio militar como tiempo cotizado para las jubilaciones parciales.

Además, eleva el periodo mínimo de cotización necesario para acceder a la pensión de jubilación, que pasa de 12,5 a 15 años efectivos, al no computarse las pagas extraordinarias.

Mejoras en caso de despido

La ley prevé también mejoras para los trabajadores que accedieron a la jubilación anticipada tras un despido, siempre que acrediten un mínimo de 35 años de cotización. La normativa considera involuntaria la extinción de la relación laboral que se produzca debido a un expediente de regulación de empleo (ERE).

La reforma de la Seguridad Social es fruto del acuerdo que firmaron Gobierno, patronal y sindicatos el 13 de julio de 2006.

El Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley el pasado mes de febrero; el 13 de septiembre fue ratificado por vez primera por el Congreso de los Diputados; el pasado día 7 de noviembre, por el Senado, y el 22 de noviembre recibió el último refrendo de la Cámara Baja.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

Qué tecnología consideras más útil para optimizar el proceso de selección?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital