Por contra, fueron estimados 84 pleitos; es decir los Tribunales de Justicia dieron la razón a los trabajadores.
En cuanto a la conflictividad laboral en la provincia, a lo largo del año que acaba de finalizar se mantuvo estable según se desprende de los datos que maneja la juez decana, quien subraya que los juzgados de lo social registran un amplio abanico de asuntos, aunque el mayor volumen de trabajo guarda una estrecha relación con el mundo laboral y la Seguridad Social. En este sentido, explica que un buen número de procesos están relacionados con situaciones de incapacidad y jubilación anticipada por enfermedad. De ahí la relación con la Seguridad Social, precisa la juez Serrano.
No obstante, insiste en que el mayor número de pleitos que llegan a los juzgados de lo Social son por conflictos laborales y reclamación de cantidades «de la más diversa índole». La mayoría son demandas colectivas, celebrándose un sólo juicio y, de este modo, «con una sentencia se resuelve, por ejemplo, la situación laboral de veinte trabajadores al haber presentado una demanda colectiva».
En cualquier caso, en grupo o individualmente, «son muchos los asuntos que se han resuelto durante el año pasado mediante sentencia, pero también ha habido otros que se han despachado por la vía de la conciliación. Para la juez decano, este medio tiene algunas ventajas como una resolución más rápida. «Las partes llegan a un acuerdo y el pleito se soluciona casi de inmediato», precisa Isabel Serrano.
Respecto a las zonas de la provincia donde hay mayor conflictividad laboral, la juez señala que se generan más problemas en los municipios con grandes empresas o ricos en agricultura o ganadería, sin que se hayan visto en los Tribunales más afectados extranjeros que españoles, salvo en casos puntuales de contratación fraudulenta. Es decir, españoles que contratan a extranjeros en situación irregular.
Al hilo de ello, la decano indica que muchos de los asuntos que llegan a los juzgados son resoluciones de contratos temporales en las que el trabajador muestra su disconformidad, por lo que la conflictividad en estos casos es mayor que en el de los empleados con contratos indefinidos. También las indemnizaciones que se generan con estos contratos son inferiores, precisa la juez.
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