5 de octubre de 2024
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El veto de los presupuestos en el Senado retrasa la aplicación del anticipo de la edad de jubilación para los bomberos

El veto de los presupuestos en el Senado retrasa la aplicación del anticipo de la edad de jubilación para los bomberos

El veto de PP, CiU, ERC y CC retrasa en varios meses la aplicación de la medida

El 4 de diciembre del concluido 2007, el Senado vetaba el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2008. Pese a que los PGE 2008 resultaron posteriormente aprobados en su segunda lectura en el Congreso de los Diputados, este veto eliminó la posibilidad de introducir enmiendas a los PGE 2008. Como la nº 4.181 del Grupo Parlamentario Socialista, en la que se recogía el establecimiento de la nueva cotización para los bomberos, y que sería el último tramite preciso para poder proceder al anticipo de la edad de jubilación de los bomberos españoles.

Las razones argumentadas por parte de los dos grupos parlamentarios catalanes que apoyaron el veto presentado por el Partido Popular son la intrusión en las competencias del Gobierno de la Generalitat de Catalunya, en determinadas materias de las recogidas en las miles de enmiendas presentadas a los presupuestos en el Senado.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo ha realizado los tramites para la aprobación de un Real Decreto que establezca el sistema de coeficientes reductores para la edad de jubilación de los bomberos, pendiente únicamente de informe de la Comisión Nacional de Administración Local (que se verá el día 18 de enero de 2008) y del dictamen del Consejo de Estado que, siendo preceptivo, no es vinculante.

Como consecuencia se ha producido un daño colateral en el retraso de la aplicación del anticipo de la edad de jubilación para los bomberos y ha imposibilitado que se cumpla la fecha pactada por el secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, con las organizaciones sindicales y sociales.

Únicamente cabe la opción, para adelantar al máximo y limitar el retraso a un trimestre, esto es, antes de las elecciones generales, de que la Comisión Permanente del Congreso apruebe antes del 9 de marzo, un Decreto-Ley en el que se recoja el contenido de la enmienda 4181 y que precisaría del apoyo mayoritario en este órgano, único con competencias legislativas, tras la disolución de las cámaras por el presidente del Gobierno.

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