19 de noviembre de 2024
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Dos empresarios de la construcción absueltos de un accidente mortal

Dos empresarios de la construcción absueltos de un accidente mortal

Un juzgado de Sevilla ha absuelto a los dos empresarios de la construcción que fueron acusados de un accidente laboral mortal en unas obras de ampliación en el hospital Virgen Macarena, cuando un obrero cayó al vacío al intentar instalar los bajantes para la cuba de desescombro.

La sentencia del juzgado penal 13 dice que la instalación del sistema de evacuación de escombros no era competencia de los obreros, sino que se había subcontratado a otra compañía, y que lo empresarios tampoco les ordenaron hacerlo, por lo que la juez considera que fue iniciativa propia del luego fallecido.

El accidente ocurrió el 11 de octubre de 2004 en los trabajos de ampliación de unos quirófanos de la cuarta planta del citado hospital, cuando el obrero C.R.R., de 45 años, decidió instalar por sí mismo las conducciones de desescombro, pero debido a su falta de formación lo hizo "montando mal los bajantes, con las cadenas hacia arriba y con más peso del debido".

En estas circunstancias, sobre las 8.45 horas cayó al suelo el aparato elevador y tras él el trabajador, que falleció poco después en el propio hospital.

El desencadenante del accidente fue un malentendido, ya que el 11 de octubre de 2004 era inhábil en el sector de la construcción por coincidir con el puente del Pilar pero los trabajadores se presentaron en la obra con el convencimiento de que la empresa subcontratista ya había hecho la instalación en días anteriores.

El abogado de la defensa, Rafael Burgos, ha explicado hoy a Efe que los empresarios R.C.B. y J.M.R.P. se han visto libres así de los dos años y medio de cárcel que pidió el fiscal para ellos, pena que el sindicato CCOO, personado como acusación particular, elevó a 3 años de cárcel y el pago de 340.080 euros de indemnización a la viuda y dos hijas del fallecido.

Dice la sentencia que durante el juicio no apareció ninguna prueba que demuestre que el empresario diese una "orden expresa" a los tres obreros enviados a esta obra el montaje de los bajantes, que tampoco se ha probado que el imputado "conociese y consintiese la arriesgada maniobra" y que incluso en varias ocasiones les comunicó que tal cuestión "no figuraba entre sus cometidos".

El fallecido, por tanto, procedió a montar el sistema "careciendo de la más mínima formación" y sin llevar puesto en ese momento un anclaje adecuado para las circunstancias, afirma la sentencia.

La resolución deja abierta la puerta para una posible reclamación por la vía civil pero precisa que una condena penal "no pude basarse en conjeturas o sospechas".

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