El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Sevilla ha resuelto estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Sevillana de Constructores y Promotores de Obras (Gaesco), la Confederación Empresarial Sevillana (CES) y las patronales del metal y la construcción, Fedeme y Fadeco, contra el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales contra la Siniestralidad Laboral del Ayuntamiento hispalense. En el fallo judicial, el juez, asimismo, anula el acuerdo municipal por el cual se desestimaron los recursos de reposición interpuestos por la patronal; así, el juez ordena que el procedimiento de aprobación del pliego "debe retrotraerse al preceptivo trámite de audiencia previsto legalmente".
De hecho, las entidades recurrentes habían solicitado la suspensión de forma cautelar de la aplicación del Pliego de Cláusulas contra la Siniestralidad Laboral mientras se decidía sobre su solicitud de dejar sin efecto el documento, si bien dicha petición fue desestimada en septiembre de 2005.
Los empresarios justificaron su postura en que estas cláusulas habían sido "impuestas" a la patronal, puesto que no habían tenido parte en el acuerdo entre Gobierno municipal y los sindicatos, al tiempo que afirmaban que el pliego establece obligaciones en las contrataciones "muy por encima de cuestiones legales".
Por otro lado, el Ayuntamiento aseguró que el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Sevilla, respecto del recurso presentado por organizaciones empresariales sevillanas, será recurrido por el Consistorio "sólo y exclusivamente en cuanto a falta de audiencia de los interesados en el procedimiento".
La sentencia, según la Delegación municipal de Economía y Empleo, desestima "uno por uno" los argumentos de las patronales sevillanas relativos a la verdadera naturaleza de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales contra la Siniestralidad Laboral y la falta de competencia tanto del Ayuntamiento de Sevilla como de la Junta de Gobierno local.
Así, la corporación municipal recordó que, puesto que desde que se puso en marcha esta iniciativa no se ha producido ninguna muerte en el trabajo en las obras municipales, "quedando constatado hasta el día de hoy que el establecimiento de cláusulas contra la siniestralidad en las obras municipales salva vidas", el Ayuntamiento seguirá adelante tanto con el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales contra la Siniestralidad Laboral como con todas aquellos pliegos existentes ya en las obras municipales que se realizan, "ya que la sentencia será recurrida por los servicios jurídicos municipales y no tendrá eficacia hasta tanto no sea firme".
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