Las jefas tienen el mismo derecho que sus subordinadas a reducir la jornada después de ser madres. Esa es la conclusión a la que llega un juez de Barcelona que obliga a una multinacional a aplicar el horario reclamado por la demandante.
Asunción Bascón Ortiz trabaja desde hace 12 años en la tienda en Badalona de la multinacional Conforama, que se dedica a la venta de equipamiento de hogar. Empezó como azafata y ahora ocupa el cargo de control de gestión, equiparable a jefe de administración y segundo lugar en la cadena de mando del local, tras el director. "Todo era perfecto hasta que nació mi hijo hace nueve meses y empezaron los problemas".
En agosto del 2007 solicitó la reducción de jornada para poder cuidar de su hijo, Biel. Eligió la franja horaria de lunes a viernes de diez de la mañana a dos de la tarde. Conforama aceptó la reducción, pero no en ese horario, y argumentó que Asunción tenía un cargo de responsabilidad que le permite autogestionar el tiempo de trabajo y que el comercio está abierto todos los días.
VARIAS RESPONSABILIDADES
Las funciones de Asunción, que está de baja y sigue un tratamiento psicológico, incluyen ayudar al director del establecimiento y controlar el personal y la recaudación.
"Para mantener el puesto me he dejado la vida, trabajando cada día una media de 12 horas", afirmó la demandante que confió el caso al abogado Juan Francisco García Miguel Reyes. "Al acabar la baja –que inició cuando estaba embarazada porque tenía contracciones– pedí una reducción de jornada para cuidar a mi hijo y es ahí donde resurgen los fantasmas que había dejado meses antes", aseguró la mujer,
La sentencia del Juzgado de lo Social número 21 de Barcelona, al igual que ha hecho otro juez de Madrid con el caso de Alexandra Díez –también jefa de Conforama–, acepta la demanda de Asunción. El fallo sostiene que la actitud de la empresa es "hipócrita": "Si realmente tiene capacidad de autogestión de jornada, ¿por qué se rechaza la que escoge? ¿Si tiene libertad de horario, por qué no se le permite escoger? Es falso, por tanto, que exista esta autogestión horaria".
"Se utilizan palabras y formas amables para disimular los contenidos más duros, como es que la demandante la única libertad horaria con que cuenta es la de salir del trabajo a la hora que quiera una vez acabada la jornada. Es decir, que voluntariamente puede alargarla tanto como quiera, puede escoger mientras lo que escoja sea cómodo y aceptable por la empresa, pero el fariseísmo aflora cuando escoge una cosa que a la empresa no le resulta grato", explicita la resolución. A la vez, sostiene que la reducción de jornada es un derecho individual del trabajador y no una concesión.
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