15 de noviembre de 2024
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Establecidos los servicios mínimos para la huelga convocada en la Administración de Justicia en Cantabria

Establecidos los servicios mínimos para la huelga convocada en la Administración de Justicia en Cantabria

El Consejo de Gobierno ha publicado un decreto por el que se establecen los servicios mínimos que habrán de regir en las jornadas de huelga indefinida convocada por las organizaciones sindicales CC.OO, STAJ, UGT Y CSI-CSIF, desde el día 4 de marzo, dentro de la Administración de Justicia.

Según el texto del decreto, recogido por Europa Press, se consideran servicios esenciales las actuaciones de Registro Civil; el registro de escritos y documentos; las actuaciones en que venza un plazo fijado en la ley, cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida de derechos; las medidas cautelares o provisionales; los servicios de Guardia de Juzgados, Fiscalías, e Instituto de Medicina Legal; juicios orales del orden penal en causas con preso y servicios comunes.

Para la realización de estos servicios esenciales se han designado una serie de servicios mínimos en el ámbito de competencia de la Comunidad Autónoma.

Así, durante la huelga habrá un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y un funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en cada una de las Salas o Secciones del Tribunal Superior de Justicia y de la Audiencia Provincial, y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial para las tres Salas del Tribunal Superior de Justicia y otro para las cuatro secciones de la Audiencia Provincial y un solo funcionario para la Secretaría de Gobierno.

En cuanto a los Juzgados que actúen de guardia, deberán contar con toda la dotación de personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente.

En el resto, se consideran servicios mínimos los funcionarios siguientes: en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, un funcionario en el orden civil y un funcionario en el orden penal; en los de Primera Instancia, habrá uno de Gestión, uno de Tramitación y, por cada cuatro Juzgados, uno de Auxilio.

En cuanto a los Juzgados de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer, habrá un funcionario de Gestión, uno de Tramitación y, uno de Auxilio para los cinco; en los Juzgados de lo Penal, uno de Gestión, uno de Tramitación y uno de Auxilio; y en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, uno de Gestión o uno de Tramitación en cada uno y uno de Auxilio para los tres Juzgados.

En el resto de los órganos judiciales los servicios mínimos serán los siguientes: en los juzgados de lo Social, habrá un funcionario de Gestión o uno de Tramitación en cada uno y dos de Auxilio para los cinco Juzgados; en los de lo Mercantil uno de Gestión, uno de Tramitación y uno de Auxilio; en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria uno de Gestión, uno de Tramitación y uno de Auxilio; y en el Juzgado de Menores se contará con un funcionario.
En cuanto a los Servicios Comunes, habrá un funcionario de Gestión, uno de Tramitación y uno de Auxilio en el Servicio Común de Notificaciones y Embargos; en el Servicio Común de Registro y Reparto de la Audiencia Provincial, un funcionario; en el Servicio Común de Registro y Reparto dos funcionarios; en la Oficina de Atención a las Víctimas, uno de Gestión y también habrá un funcionario por cada uno de los Juzgados de Paz.

Igualmente se fija un funcionario del Cuerpo de Gestión, un funcionario del Cuerpo de Tramitación y un funcionario del Cuerpo de Auxilio en cada uno de los distintos órganos del Ministerio Fiscal, con excepción de las Fiscalías que actúen de guardia, que habrán de contar con toda la dotación de personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente.

Y en las Adscripciones de Fiscalías habrá un funcionario de Gestión o uno de Tramitación y se establece que estará de servicio el médico forense en las localidades donde el servicio sea atendido por un solo funcionario de este cuerpo; uno de los médicos forenses en aquellas localidades donde el servicio sea atendido por dos o más funcionarios de ese cuerpo y un total de tres funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses en Santander. El médico forense en los Juzgados que actúen de guardia quedará incluido dentro del personal de servicios mínimos.

Finalmente se establece un número de cinco de los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses en el Instituto de Medicina Legal y un funcionario de los Cuerpos de Gestión, Tramitación o de Auxilio en el Instituto de Medicina Legal.
 

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