Los Bomberos de la Generalitat cobrarán a partir de octubre de 2009 el importe de los rescates de montaña cuando haya «imprudencia o negligencia evidente» por parte de la víctima, para así concienciar de la importancia de prevenir, prepararse y equiparse a la hora de practicar deportes de riesgo.
Así lo ha anunciado en declaraciones a Efe la directora general de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, Olga Lanau, que ha remarcado que la decisión de cobrar el importe de estos rescates en casos de imprudencia o negligencia no tiene afán recaudatorio, sino disuasorio de prácticas alejadas del sentido común.
Por ello, la conselleria de Interior ya ha iniciado conversaciones con las federaciones de los distintos deportes de montaña para tratar de tipificar con el máximo detalle posible los supuestos de negligencia o imprudencia grave por parte del deportista.
Lanau ha precisado que sólo se cobrarán aquellos casos en los que no haya dudas de la actuación negligente o imprudente, como por ejemplo los accidentes de esquí en pistas cerradas por riesgo de alud o los accidentes provocados por escalar en zonas peligrosas sin el equipo necesario.
Los rescates de montaña suponen cada año un gasto a los bomberos de la Generalitat de entre 1,5 y 2,5 millones de euros, ya que de media cada actuación supone una factura de unos 3.000 euros.
En concreto, según los datos facilitados por Lanau, el coste de cada salvamento se calcula en función de 30 euros por cada hora de trabajo de cada bombero, 39 euros por cada vehículo terrestre y 2.271,5 euros por cada hora de vuelo de los medios aéreos que sea preciso movilizar. El número de rescates llevados a cabo por los Bomberos en lo que llevamos de año se ha disparado, ya que en 2007 se hicieron 198 en total y entre enero y principios de octubre de este año se han llevado a cabo ya 288, tanto de montañeros como de practicantes de barranquismo, escalada, espeleología, esquí y esquí de montaña.
Ante esta situación, los Bomberos han empezado a enviar desde este mes de octubre la factura a las personas rescatadas para que conozcan el importe de la actuación de los equipos de emergencia, aunque por ahora no se les cobra.
En los casos actuales en los que el deportista ya haya incurrido claramente en un caso de negligencia o imprudencia evidente, se le enviará la factura y además se le hará constar que a partir de octubre del próximo año se le cobraría el servicio.
Según Lanau, se considerará imprudencia lo que escape del sentido común y no sea atribuible a factores externos, mientras que por negligencia se entenderá practicar el deporte de riesgo sin el mínimo equipamiento indispensable, adentrarse en zonas señalizadas como peligrosas o atreverse a practicar un deporte de riesgo en el que no se tenga experiencia sin preparación, sin equipo y sin monitor.
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