Los ediles y los sindicalistas liberados están más cerca de conseguir una de sus reivindicaciones más anheladas. Actualmente, la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Senado debate una proposición para que los cargos públicos que tienen dedicación exclusiva o parcial puedan cobrar el paro una vez que hayan concluido con su actividad.
Según el calendario previsto, la modificación legal llegará al pleno de la Cámara Alta entre los días 17 y 19 de octubre, después de que el PSOE haya planteado enmiendas de carácter técnico. Una vez aprobada, la propuesta será devuelta al Congreso de los Diputados, que tendrá que darle su visto bueno definitivo, posiblemente entre los meses de noviembre y diciembre, siempre antes de las elecciones municipales del 27 de mayo.
De acuerdo a la actitud de los diferentes grupos, la nueva ley contará con un apoyo muy amplio, que puede incluso convertirse en unánime. «La iniciativa arrancó de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), y contó pronto con el apoyo de la Federación Riojana de Municipios (FRM)», explica José Miguel Crespo (PP), presidente de esta entidad. Crespo recuerda que los concejales con dedicación plena o exclusiva ya cotizan en la Seguridad Social, «pero al terminar con sus mandatos, no son tratados como el resto de los ciudadanos».
En muchos casos, los cargos públicos son funcionarios que piden la excedencia y vuelven a sus puestos cuando concluyen la legislatura. «Pero a un edil, si ha trabajado en una empresa, no siempre le resulta fácil reincorporarse a un empleo», relata el presidente de la FRM. La nueva norma pretende hacer más llevadero este periodo de la vida. La ley prevé que los sindicalistas y los alcaldes y concejales liberados puedan cobrar cuatro meses de paro por año trabajado hasta un máximo de dos años de sueldo. «Queremos evitar la paradoja de que ciertas personas válidas no se presenten a las elecciones por no tener derecho a estas retribuciones», concluye José Miguel Crespo.
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