2 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

Trabajo y Formación, una alternativa al paro juvenil

Recursos Humanos RRHH Digital Combatir la cifra del 52% de paro juvenil se ha convertido en uno de los principales retos de nuestras empresas. Pero, ¿tenemos las herramientas?

El contrato para la formación y el aprendizaje debería servir como una buena herramienta para proporcionar esos primeros empleos entre los más jóvenes. ¿Creemos en esta fórmula? O quizás lo correcto sería preguntarnos si conocemos los beneficios y particularidades que este nuevo modelo de contratación comporta.

Antes de llegar a conclusiones, conviene aclarar qué es la formación dual y los dos marcos que disponemos para llevarla  a cabo.

La formación dual es un conjunto de acciones e iniciativas formativas, mixtas de empleo y formación, que tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadoresen un régimen de alternancia de actividad laboral en una empresa con la actividad formativa, siendo recibida esta formación o bien dentro del marco del Sistema de Formación Profesional para el Empleo( ámbito Laboral)  o del Sistema Educativo ( ámbito Educativo).

Básicamente conjuga aquello a lo que siempre aspiramos: ¡Qué bueno sería un sistema que nos permita recibiruna formación adaptada a un puesto de trabajo, en el que a diario se gana experiencia! Eso es la Formación Dual: alternar trabajo y formación. Así de fácil.

Esta dualidad, nuevaen nuestro país, representa una garantía de éxito contrastada en otros países de nuestro entorno como Alemania.

¿Qué podemos hacer en nuestras empresas para seguir ese modelo?

•    En al ámbito laboral: Poniendo en práctica el contrato para la formación y el aprendizaje.
•    En el ámbito Educativo: Firmando convenios entre los centros de formación profesional participantesy las empresas del sector, una colaboración financiada a través de becas.

Centrémonos ahora en el ámbito laboral y esa modalidad de contratos para la formación y el aprendizaje que se rehace en España con la intención de ayudar a reducir el paro juvenil.
Estos son los requisitos para ponerlo en práctica:
–   Se podrá realizar con personas mayores de 16 años y menores de 30.
–    Duración mínima de 1 año y máxima de 3, por convenio colectivo podrá ser un mínimo de 6 meses y máximo de 3 años.
–    El salario será directamente proporcional al tiempo de trabajo efectivo según convenio colectivo.No podrá ser inferior de forma proporcional al salario mínimo interprofesional.
–    El tiempo de trabajo efectivo, compatible con la formación, no podrá ser superior al 75 % durante el primer año o al 85 % durante el segundo y tercero.
–    La formación inherente al contrato debe ser la necesaria para la obtención de un título de F.P, Certificado de Profesionalidad, Certificación académica o acreditación parcial acumulable, y debe estar relacionada con la actividad laboral desarrollada en el puesto de trabajo.
Y estos los beneficios:
–    Reducción del 100 % en las cuotas a la seguridad Social del trabajador.
–    Reducción del 100 % en las cuotas empresariales a la Seguridad social cuando la empresa sea de menos de 250 trabajadores o del 75 % si es igual o superior.
–    Si se transforma a indefinido las empresas tendrán derecho a una reducción en las cuotas a la seguridad social de 1500 €/año durante 3 años en el caso de hombres y 1.800 € en el caso de mujeres.
–    El coste de la formación podrá ser financiado por las empresas mediante bonificaciones en la cotización empresarial a la Seguridad Social.
–    El trabajador estará protegido por todas las contingencias y prestaciones.

El contrato introduce la obligatoriedad de que la formación sea la mínima necesaria para la obtención de  un Título de FP  o de un Certificado de Profesionalidad. Esta obligatoriedad nos lleva a que ahora estos jóvenes trabajadores además de incorporarse al mercado laboral para ocupar un puesto de trabajo y adquirir la experiencia necesaria también serán formados simultáneamente para la obtención de  una acreditación oficial que certifica su cualificación profesional.

De esta forma, mediante la Formación Dual y la Cualificación Oficial, el trabajador obtiene esa doble vía, formativa y laboral, que le permite adquirir la experiencia tan necesaria y valorada para mantenerse en el mercado de trabajo y obtener una cualificación oficial por medio de la formación que le acredita para el desempeño en cualquier lugar de su oficio.

La empresa, a la cual se le ofrecen múltiples modalidades de participación, tiene un claro beneficio en términos no solo de cualificación de sustrabajadores, sino también puramente económicos que favorecen poder tomar esta iniciativa con bajos costes.

Haciendo un rápido cálculo, si ciframos en unos 350 € el coste medio de seguridad social mensual por un trabajador, el ahorro directo en costes de Seguridad Social para la empresa será de unos 4.200 € /año/trabajador.
Hablar en términos de ahorro para una empresa a día de hoy es atractivo, pudiendo así afrontar nuevas contrataciones que quizá de otra forma no serían viables.

Numerosas empresas apuestan en la actualidad por este tipo de contratación.  Bureau Veritas Formación se posiciona con una formación de calidad para ofrecer este servicio que asegure las competencias de nuestros trabajadores y ayudea los jóvenes a incorporarse al mercado laboral.

Por lo tanto, sí tenemos las herramientas a nuestro alcance para acceder y crear  un nuevo sistema viable de trabajo y formación en el que están implicados la administración, los empresarios y los trabajadores y que puede afrontar con realismo y buenos resultados el problema del paro juvenil. Ahora solo falta ser valientes y ponernos manos a la obra. Los jóvenes de este país se lo merecen.

RRHH Digital

Sección patrocinada por

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Lo más leído
Los lectores Opinan


¿Qué medida consideras más efectiva para reducir el absentismo en tu empresa?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital